La estatización de las AFJP llega a la Corte Suprema

Redacción Fortuna

Ahora el tribunal será el último en decidir si la estatización del sistema privado fue constitucional. En Cámara rechazaron la semana pasado este reclamo.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá resolver si la estatización de los ahorros privados de los trabajadores afiliados a las AFJP es constitucional. El máximo tribunal recibirá en los próximos días la causa de un afiliado a la AFJP Arauca Bit que reclama que los aportes que realizó al sistema privado de jubilaciones no se transfieran a las ANSES.

Hasta el momento, un juez de primera instancia y la Cámara Federal de la Seguridad Social, en un fallo dividido, habían rechazado el reclamo de Pablo Ariel Rossi para que le devolvieran sus aportes jubilatorios traspasados al Estado. Pero el abogado del afiliado, Carlos Federico Bossi Ballester, le adelantó a la agencia DyN que esta semana presentará un recurso extraordinario para que el fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social sea revisado por la Corte Suprema.

"Lo que vamos a recurrir es que no se reconozca un derecho de propiedad cuando la propia ley del sistema integrado de jubilaciones y pensiones dice que los fondos eran de los afiliados", explicó el abogado en diálogo con esta agencia. Bossi Ballester agregó que "la Corte es el ultimo interprete de la Constitución Nacional y cuestionamos una ley por ser contraria a la Carta Magna, por lo que corresponde que el máximo tribunal resuelva el asunto de forma definitiva". En un fallo por mayoría, los jueces la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad, Juan Poclava Lafuente y Néstor Fasciolo, rechazaron la semana pasada el reclamo del afiliado.

Para ellos, "no hay un derecho de propiedad del afiliado sobre el saldo producto de su aporte individual obligatorio, único habido en la cuenta de capitalización individual del actor". En tanto, el tercer juez del tribunal, Martín Laclau, falló a favor del reclamo y votó para que en 30 días la ANSES devolviera los aportes del afiliado. Para que la causa llegue a la Corte Suprema, el recurso extraordinario debe ser aprobado por la Cámara de la Seguridad pero si es rechazado, Bossi Ballester adelantó que recurrirá al máximo tribunal a través de una presentación de queja.

21/9/2009

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