Lo estableció la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El mismo posibilita que quienes obtienen ingresos del exterior puedan tributar en el país.
La resolución general 3014, publicada esta mañana en el Boletín Oficial, facilita el ingreso de datos, la confección y el otorgamiento del certificado de Residencia Fiscal a través de Internet.
El documento posibilita a los contribuyentes que obtienen ingresos en el exterior, pero tienen su residencia fiscal en Argentina, “no tener que tributar en el país extranjero, sino pagar solamente en nuestro país por todos sus ingresos, evitando así la doble imposición tributaria".
A través de un comunicado, la AFIP destacó que a través de este trámite los contribuyentes podrán realizar un seguimiento en línea de su solicitud hasta poder finalizar el trámite. “Y el Fisco podrá llevar a cabo un control más preciso de quienes reciben un ingreso desde el exterior", añadió.
"Esta sistematización de información le permitirá a la AFIP conocer no solo de las rentas de los argentinos en el exterior, sino también sus bienes personales y así lograr una adecuada categorización impositiva de los contribuyentes, en función de sus ingresos declarados", añadió.
25/1/2011