Quiebras: nuevas reglas para salir del país

Se podrá salir a los 6 meses de haberse declarado la quiebra . Migraciones no admitirá órdenes restrictivas por tiempo indefinido.

Redacción Fortuna

A través de la disposición 814/201, la Dirección Nacional de Migraciones –organismo dependiente del ministro del Interior, Florencio Randazzo- los concursantes sólo podrán salir del país a los 6 meses de haber declarado una quiebra.

El Gobierno nacional decidió borrar de las listas de prohibiciones a los pedidos de los jueces concursales con más de 18 meses de antigüedad.

Migraciones explicó a El Cronista que detectó asientos de restricciones de salida del país de antigua data, a raíz de un régimen de concursos y quiebras derogado.

La nueva ley de concursos y quiebras habilita al concursado y administradores de la sociedad concursada a salir del país libremente, cuando la ausencia no supere los 40 días, con la única obligación de avisarle previamente la juez del concurso. Es más: sólo obliga al afectado a solicitar autorización al Tribunal en los casos en que la permanencia en el exterior supere ese tiempo. No obstante, el magistrado interviniente podrá excepcionalmente negar la autorización de salida.

En caso de que Migraciones reciba una comunicación judicial sobre prohibiciones de salida del país en la que no se especifique el término de duración, requerirá por escrito al juzgado actuante que exprese la fecha de finalización de la restricción. De no haber respuesta, el plazo que regirá será el de 6 meses.

Redacción Fortuna Web

4/5/2011

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