Regulan registro para publicidad y productoras

La inscripción será obligatoria para comercializar espacios en servicios de radiodifusión. Para la inscripción es necesario pagar $1.200.

Redacción Fortuna

Según publica el Boletín Oficial, se reglamentó la registración de las compañías ligadas al ámbito publicitario en relación a la nueva Ley de Medios. Así, a través de la Resolución 630/2010 que regula el Registro Público de Agencias de Publicidad y Productoras Publicitarias, quedó establecido el artículo 59 de la Ley 26522, conocida como Ley de Medios.

La inscripción será obligatoria para la comercialización de espacios en los servicios de radiodifusión, abarcando tanto a las agencias de publicidad que cursen publicidad en los servicios regidos por dicha ley como a las empresas que intermedian en la comercialización de dichos servicios.

Por otra parte, se informa que se otorgan 60 días corridos para formalizar la inscripción.

Esta resolución también comprende a los anunciantes que cursen publicidad de modo directo como contratantes de espacios publicitarios. Aunque se excluye a los anunciantes directos que contraten espacios por cifras menores a $ 2.000 mensuales o bien que contraten espacios en servicios abiertos de baja potencia.

Para la inscripción es necesario pagar $1.200 al tiempo que para las reinscripciones los valores fluctúan entre los $750 y los $11.000.

18/5/2011