Comercio exterior ya no informará sobre lavado

El Gobierno derogó resoluciones que obligaban a los agentes de comercio exterior a informar sobre presuntos hechos de lavado de activos.

Redacción Fortuna

El Gobierno derogó dos resoluciones que obligaban a los agentes de transporte aduanero, a los importadores y a los exportadores a informar sobre presuntas maniobras de lavado de activos de origen delictivo.

A través de la Resolución 98/2011, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Unidad de Información Financiera (UIF) derogó las resoluciones 39 y 55 del 2011, que establecían esta obligación para los agentes del comercio exterior.

De todos modos, los despachantes de aduana, que también estaban comprendidos por la Resolución 39, continuarán con la obligación de ser agentes de información sobre presuntos ilícitos, según lo indica la norma firmada por el titular de la UIF, José Sbatella, tal como se había estipulado en otra resolución anterior.

En los considerandos, se indica que como "uno de los ejes centrales del sistema de prevención y lucha contra ese tipo de flagelos (lavado de activos provenientes del narcotráfico y el terrorismo), radica en la obligación de informar" a la UIF por parte de las "personas físicas o jurídicas inscriptas en los registros establecidos por el artículo 23 del Código Aduaneros", se había dispuesto originalmente que la norma alcanzase a los despachantes de aduana, agentes de transporte aduanero, importadores y exportadores.

Posteriormente, y a través de la Resolución 55, "se convocó a las entidades representativas del sector importador, exportador y de los agentes del transporte aduanero, a los efectos de la formación de una comisión interdisciplinaria", al tiempo que "se suspendió por 180 días la vigencia de la Resolución 39, únicamente con relación a los importadores, exportadores y agentes del transporte aduanero".

Por otra parte, y en lo que hace a los despachantes de aduana, la norma recuerda en sus considerandos que "por Resolución 63/2011 de la UIF (publicada en Boletín Oficial el 30 de mayo pasado), se excluyó a los despachantes de aduana de la aplicación de la Resolución 39/2011, y reguló sus obligaciones en lo que respecta a las medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo".

Con DyN

25/7/2011

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