Los bancos deberán informar depósitos mayores a $40.000

La resolución rige desde esta mañana. Deberán trazar un perfil de los clientes habituales y de quienes operen por cifras mayores a $60.000 al año. Es para detectar posibles maniobras de lavado de dinero.

Redacción Fortuna

Desde esta mañana rige una resolución que unifica criterios entre la Unidad de Información Financiera (UIF) y el Banco Central (BCRA), según la cual las entidades bancarias deberán trazar un perfil de los clientes habituales y de quienes operen por cifras mayores a $60.000 al año. Es para controlar lavado de dinero.

En otra medida que apunta a cumplir con los requerimientos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAlos FI) para la lucha contra el lavado de dinero, la Unidad de Información Financiera y el Banco Central establecieron que, a partir de la presente jornada, los bancos deberán informar al Gobierno los depósitos superiores a los $40.000.

Así lo dispone la resolución 121 publicada el viernes en el Boletín Oficial.

La normativa apunta a unificar el criterio para controlar el sistema financiero en materia de lavado de dinero, que era compartido por la UIF y el  BCRAl. La misma deroga la resolución 37, emitida en febrero por la UIF, que disponía una serie de controles sobre los clientes con operaciones anuales de más de $500.000.

Los bancos, además, deberán realizar un perfil completo de sus clientes habituales.

Deben requerir a sus clientes elementos de identificación, como el Documento Nacional de Identidad (DNI), y otros que permitan construir su perfil. Éste constará de un monto anual estimado de operaciones para cada cliente.

En el caso de los clientes ocasionales, el banco pedirá elementos de identificación de la persona o la empresa y dos declaraciones juradas. Una declaración deberá indicar estado civil, profesión, oficio, industria o actividad principal, y la otra señalar "expresamente si reviste la calidad de Persona Expuesta Políticamente" (PEP).Estas son aquellas personas que, por su función, revisten un control excepcional, como los jueces, políticos, sindicalistas o dirigentes empresarios. La resolución también establece que los bancos deberán tener esa información en un sistema on line.

Además, la entidad debe verificar que el cliente "no se encuentre incluido en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas".

Redacción FortunaWeb

23/8/2011

En esta Nota