AFIP prepara una mayor barrera a la importación

Según como sea aplicada, la exigencia de una declaración jurada anticipada para ingresar productos del exterior podría ser la más importante traba a la importación impuesta por el Gobierno en los últimos años. Qué dice la resolución.

Redacción Fortuna

Por Patricio Ballesteros Ledesma *

La Resolución General N° 3252/2012 fue publicada en el Boletín Oficial del 10 de enero de 2012 y alcanzará a las operaciones que se oficialicen a partir del 1 de febrero próximo.

En ella se establece como novedad la exigencia de una Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) para poder importar mercadería a consumo.

Implicancias para los importadores

El importador deberá tramitar la DJAI (a través del sitio web de la AFIP) en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior.

La AFIP comunicará a los importadores -a través del servicio "Mis Operaciones Aduaneras"- las novedades producidas y, en su caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas así como el Organismo ante el cual deberán comparecer a los fines de su regularización, de corresponder.

Finalmente, el importador deberá consignar el número de DJAI al oficializar el despacho a consumo en el Sistema Informático María (SIM).

Qué dice la resolución

La resolución exige una Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) para poder importar mercadería a consumo, la que deberá producirse en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior.

La información requerida deberá declararse a través del micrositio "DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION (DJAI)", disponible en el sitio web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar).

Allí también se podrán conocer las situaciones de excepción, los manuales de uso de los aplicativos involucrados y las pautas de aprobación que establezcan los diferentes organismos intervinientes.

La información volcada en las DJAI será puesta a disposición de otros organismos oficiales por la AFIP, a efectos que los mismos tomen conocimiento en forma anticipada de las futuras importaciones y se pronuncien al respecto.

La AFIP comunicará a los importadores -a través del servicio "Mis Operaciones Aduaneras"- las novedades producidas y, en su caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas así como el organismo ante el cual deberán comparecer a los fines de su regularización, de corresponder.

Al momento de oficializar la destinación definitiva de importación para consumo, el Sistema MARIA (SIM) exigirá el número de la DJAI, realizará los controles de consistencia acordados con los organismos competentes y verificará que la misma se encuentre validada por todos aquellos a los que les corresponda intervenir.

* Editor de Fortunaweb, con Baker & McKenzie

10-1-2012