Rechazan medida cautelar presentada por jubilados argentinos que quieren cobrar en dólares porque viven en el exterior

Lo dispuso la Justicia de Rosario frente a la medida cautelar presentada por 46 personas que no pueden retirar sus haberes en esa moneda fuera de la Argentina vía cajeros. Qué opción tiene la abogada.

Redacción Fortuna

La Justicia Federal de Rosario rechazó una medida cautelar presentada por casi medio centenar de jubilados argentinos residentes en el exterior, contra la disposición del gobierno que obliga a tener una cuenta bancaria en dólares en el país para poder retirar dinero en esa moneda fuera de la Argentina.

La abogada Karen Remes, patrocinante de los jubilados, señaló a DyN que ampliará el amparo "para pedir la inconstitucionalidad de la normativa del Banco Central con respecto a la fiscalización y control de moneda extranjera".

También, consideró la profesional que "en el día de hoy, en el Banco de Entre Ríos me informaron que ellos no pueden realizar la dolarización automática y que tampoco cuentan con una normativa interna".

El fallo, emitido el 29 de mayo pero conocido hoy, fue adoptado por la jueza federal de Rosario Silvia Adamberri, quien se basó en un informe que había solicitado al Banco Central.

La magistrada fundamentó su determinación en un informe de la autoridad monetaria que sostiene que "no existe ninguna restricción en la normativa cambiaria para acceder al mercado único y libre de cambios para realizar transferencias por jubilaciones y pensiones".

La entidad negó que existan restricciones para el cobro de sus haberes para los jubilados argentinos que viven en el exterior.

De esta forma, la magistrada se pronunció en torno de un conjunto de medidas cautelares reclamadas por 46 personas que cobran jubilaciones de la ANSeS, pero viven actualmente en Israel y Estados Unidos.

Se trata de personas que no cuentan con una cuenta bancaria en dólares en la Argentina, quienes aseguraron que, desde que comenzaron las restricciones en el mercado cambiario del país, no pueden percibir sus haberes.

Los jubilados percibían sus haberes en una cuenta corriente en pesos en el Nuevo Banco de Entre Ríos mediante la red Link. Luego, la entidad bancaria realizaba mensualmente la transferencia automática y sin costos de los montos a las cuentas corrientes que tenían tarjetas de débito que permitían el cobro de ese dinero en el exterior por la red Cirrus, realizándose la conversión a la moneda del país donde residen actualmente.

A partir de la nueva normativa del BCRA del 3 de abril, los demandantes que no tienen una cuenta bancaria en dólares en la Argentina, dejaron de percibir sus haberes, lo que motivó la presentación judicial.

Además, la jueza Aramberri consideró que "la existencia del peligro de una demora, no se advierte comprobada en el presente, por cuanto los argumentos esgrimidos por los actores no son suficientes para hacer ceder el principio de legitimidad del que gozan los actos emanados del poder público".

Fuente: DyN

5-6-2012