Proponen una regulación de precios para los alquileres porteños

En qué consiste el proyecto de Aníbal Ibarra. Qué opina la Cámara Inmobiliaria Argentina. Qué podría pasar con las comisiones y honorarios que se pagan al firmar contratos de alquiler.

Redacción Fortuna

ALQUILERES. Quieren regular los precios.

El ex jefe de Gobierno porteño y legislador del Frente Progresista Popular (FPP), Aníbal Ibarra, impulsa un proyecto de ley que busca regular los alquileres en Capital Federal.

La idea es que haya un tope a los montos cobrados mensualmente, prohibir cualquier tipo de ajuste en los valores, bajar comisiones cobradas por martilleros y aumentar impuestos a propiedades desocupadas.

Según Ibarra, "hoy la ciudad de Buenos Aires tiene un claro desequilibrio en el mercado de los alquileres, en el que los inquilinos deben cumplir con condiciones cada vez más costosas, mientras que muchas viviendas permanecen ociosas por la especulación inmobiliaria". "Esa situación debe ser subsanada por el Estado, que es quien debe garantizar el derecho a una vivienda digna. Esta ley viene a equilibrar un mercado en el que el gobierno porteño ha dejado que el libre juego del mercado especule sobre su propia falta de políticas habitacionales", agregó.

La Cámara Inmobiliaria Argentina cuestionó el proyecto y lo consideró "viciado de inconstitucionalidades". Roberto Arévalo, presidente de la Cámara, “hoy es un momento aún más difícil para presentar una iniciativa así, cuando se está discutiendo de qué forma reactivar un sector muy golpeado desde hace un año y medio”.

Entre las regulaciones más destacadas, el proyecto fija el plazo mínimo de los contratos de alquiler con destino a vivienda en tres años (para dar estabilidad a más largo plazo) y establece que el precio mensual que se cobrará no podrá superar el 0,7% del valor inmobiliario de referencia del inmueble, que fijará la Agencia Gubernamental del Ingresos Públicos (AGIP). Se llega a ese valor a través un cálculo que considera la valuación del barrio o zona, así como la valuación de los edificios y el potencial de edificabilidad, dependiendo de la superficie.

Otro punto importante está vinculado a las comisiones y honorarios que se pagan al firmar contratos de alquiler. Por ejemplo, en caso de que exista un intermediario comercial, la comisión por sus servicios no podrá superar el monto de un mes de alquiler y debe ser pagada por partes iguales entre el locador y el locatario.

6-6-2013