Por un error de la Justicia, los Yoma podrían recuperar una curtiembre

Se trata de la curtiembre Nonogasta que pertenece al grupo brasileño Curtume. Por qué podría volver a manos de la familia riojana.

Redacción Fortuna

La familia Yoma podría recuperar la curtiembre de Nonogasta, ahora en poder de un grupo brasileño, tras un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que anuló una sentencia de la justicia de Chilecito y criticó el aval del Superior Tribunal de Justicia de La Rioja.

La curtiembre era de la familia Yoma hasta que en 2005 fue convocada la quiebra y el gobierno nacional kirchnerista decidió sacar a sus propietarios del gerenciamiento.

La empresa tenía unos US$ 160 millones en deudas en mora, según Diario Chilecito, entre otros con los bancos Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y Nación Argentina, contraídas durante las presidencias de Carlos Menem.

En 2007, no hubo oferentes en la quiebra y en 2008 le fue adjudicada judicialmente al grupo brasileño Curtume por una suma ínfima en relación a su valor de remate: se comprometieron a pagar US$ 6 millones en cuatro cuotas, contra los US$ 50 millones que era la valuación de la firma.

Ahora, la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló uno de los fallos de la Cámara Civil, Comercial y de Minas de Chilecito, integrada por los jueces Rubén Rejal, Sofía Bassani y Daniel Flores, respecto de las condiciones de adjudicación de la empresa a Curtume CBR.

En el acuerdo, el grupo brasileño había puesto cuatro condiciones: quedarse con 700 de los 1300 operarios que tenía; sostener los beneficios de la promoción industrial; no pagar el impuesto a la exportación y que el Estado construya la planta de efluentes para mermar una contaminación que lleva tres décadas. Pese a los beneficios que este negocio suponía para Curtume, 20 días después los nuevos dueños presentaron un pedido de aclaratoria a la justicia y la Cámara cambió las condiciones para seguir favoreciendo a Curtume en los plazos de pago y los montos del seguro de caución.

Además, modificó el acuerdo inicial permitiendo a la empresa desistir de la operación si en dos años no se cumplía con el acuerdo inicial. Fue el Banco de la Nación Argentina el que apeló estos cambios ante la Corte, luego de agotar infructuosamente en la provincia las instancias judiciales, al considerar que afectaban “de manera irreparable su derecho a cobrar su deuda”.

El pasado 14 de marzo la Corte Suprema encontró "vicios de arbitrariedad" en las resoluciones de la justicia chileciteña, avaladas por el Superior Tribunal de Justicia de la provincia en una acción también objetada por la Corte al "menoscabar el derecho de defensa" del Banco.

Considera que se "excedió" en el recurso de aclaratoria, cuando “un recurso de aclaratoria sólo puede aclarar conceptos dudosos o salvar alguna omisión”. En consecuencia, el máximo tribunal nacional “descalificó y dejó sin efecto la sentencia” dictada por la justicia riojana y ordenó que "se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente”.

CON DYN

4-4-2014