El nefasto impuesto sobre los Ingresos Brutos

La atención que recibió el "Impuesto Netflix" permite debatir algo de mucha más relevancia: la misma existencia del impuesto sobre los Ingresos Brutos, quizás el más distorsivo de la Argentina. Nota de Daniel Rybnik. Galería de fotosGalería de fotos

Redacción Fortuna

Bajo el eufemismo de 'régimen de retención', la resolución de la AGIP 593/2014 de la semana pasada creó una nueva carga tributaria del 3% sobre los ingresos brutos obtenidos por empresas del exterior que presten servicios de suscripción online de películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual o compra o alquiler de contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos a clientes que abonen mediante tarjeta de crédito, débito o compra.

Esta medida es contraria al conocido no taxation without representation o 'principio de legalidad', ya que en los hechos la AGIP incorpora nuevos hechos gravados sin que los habitantes de la ciudad hayan sido consultados o se hayan expedido sus representantes.

Como no fue aprobado por la Legislatura, no hay nada que debatir sino que corresponde sea declarada su inconstitucionalidad por el órgano judicial correspondiente. Cabe recordar el caso del IVA, que en el año 1998 el Congreso Nacional reformó la Ley para incorporar a las prestaciones de servicios realizadas en el exterior y utilizadas en la Argentina. Si es que se quiere ampliar el ámbito espacial de este viejo impuesto, la vía no es una resolución administrativa.

Sin embargo, la atención que recibió la medida abrió una ventana para discutir algo de mucha más relevancia: el mismo impuesto sobre los ingresos brutos.

Cuando hablamos de este impuesto aparecen rápidamente en consideración los trastornos y distorsiones que provoca el llamado 'efecto cascada', es decir, la tributación en cada una de las etapas de la cadena de abastecimiento. En rubros con amplia segmentación vertical se produce una imposición excesiva que resulta sumamente perjudicial.

En los 90's se realizaron intentos con relativo éxito de atemperar esta nociva sobrecarga a través del recordado 'Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento' que obligaba a las Provincias a eximir ciertas actividades del impuesto sobre los ingresos brutos.

Si bien al día de hoy subsisten algunas de las medidas implementadas en aquéllos años, cuando se analiza en perspectiva se vislumbra la contracara de esas políticas: el aumento del centralismo.

Son innegables las consecuencias beneficiosas de derogar impuestos y agregar exenciones a los vigentes, el problema es cuando estos regímenes se implantan en desmedro del federalismo. La política tributaria de los años '90 acentuada por los arrebatos de los años 2000 y la devastadora expansión monetaria y fiscal de la última década condujeron a consecuencias que hoy padecemos: la enorme dependencia de las provincias del poder central.

Ha quedado tan favorecido el Estado nacional en la distribución de las potestades tributarias ayudado también por la convalidación política y judicial del robo del siglo que encarna el impuesto a las ganancias (un impuesto que constitucionalmente debe tener un límite temporal y ya lleva 82 años de ininterrumpida vigencia) que quedó desarticulado cualquier margen para una sana competencia fiscal entre las provincias.

Es de tal envergadura el poder del gobierno central que hoy en día las provincias más necesitadas carecen prácticamente de la capacidad para generar atractivos a las empresas y los individuos para radicarse en su ámbito territorial.

Una secuela directa de este sistema es que tampoco tienen incentivos claros para reducir el gasto público porque en general tienen por la coparticipación federal un ingreso estipulado por la actividad recaudatoria que realiza la administración central que también detenta y mantiene el control sobre erogaciones realizadas en cada uno de esos distritos.

Por la incidencia de los gravámenes nacionales y la inflación, el costo de hacer negocios en jurisdicciones como la CABA es muy similar al de Formosa o Santa Cruz por citar un par de ejemplos, que además del estado provincial tienen los estados municipales, lo que desde ya perjudica la captación de emprendimientos y personas en las provincias y municipios más pobres.

La consecuencia local de esto es que el gobierno de la ciudad de Buenos Aires persiste en meter la mano en el bolsillo de la gente con nuevos impuestos, incrementos de alícuotas y ampliación de los existentes, como pretende con el nuevo impuestazo sobre Netflix, Spotify o Amazon Instant Video.

No debemos perder de vista que mientras se siga ejerciendo presión tributaria y regulatoria desmedida a las empresas radicadas en la Ciudad de Buenos Aires y en el resto de la Argentina, serán mayores los incentivos a operar desde fuera del país.

Así es como un plan de reducción de impuestos como el que se había pergeñado en los '90s terminó por germinar el desastre actual, asentado en la destrucción del régimen federal que manda la Constitución Nacional.

¿Aprenderemos la lección?

---------

daniel-rybnik

Daniel Rybnik es abogado, profesor, doctorando en Derecho (UBA) y Master en Derecho (Fordham University). Es fundador de la consultora jurídica y tributaria EnterPricing y Presidente de Bloque Constitucional en la Asamblea de Delegados del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF). Además es colaborador de la Fundación Libertad y Progreso. Twitter: @drybnik

Galería de imágenes
En esta Nota