Las operaciones de ‘contado con liqui’ no son delito

Así lo dispuso la Justicia. Detalles del fallo de la operatoria que utilizan ahorristas para saltar el cepo cambiario.

Redacción Fortuna

Para la Justicia, las operaciones de contado con liquidación con que miles de ahorristas saltan el cepo cambiario, no son delito.

Un reciente fallo –adelanta esta mañana La Nación- asegura que aplicarle el régimen penal cambiario a ese tipo de operaciones financieras viola el principio de legalidad establecido en el artículo 18 de la Constitución nacional.

El fallo supone una piedra en el camino para el gobierno nacional que viene sosteniendo que ese tipo de operaciones eran ilegales.

Según el matutino, la administración nacional apelará ante la Cámara de Casación Penal porque considera que su denuncia contra el banco BBVA Francés es un "caso testigo" de una operatoria sistémica delictual que permitió la fuga de miles de millones de dólares.

"El llamado «contado con liqui» es una maniobra lícita en principio y si se trata de una operación aislada, individual; pero cuando resulta parte de un patrón conductual, sistemático y sostenido en el tiempo, consideramos que se trata de un abuso, un fraude a la ley", indicaron desde la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) al matutino.

De esta forma, la Cámara considera que las operaciones de compra de dólares mediante bonos o acciones son legales porque no existe transacción de moneda.