La Justicia prohíbe la pesificación de jubilaciones del exterior

Así lo dispuso la Cámara Federal de La Plata. Revés para normas de la AFIP y el BCRA que impiden recibir pensiones en la moneda de origen.

Redacción Fortuna

Cerca de 40.000 pensionados que quedaron afectados por los efectos del cepo y que no pueden cobrar sus jubilaciones provenientes del exterior en la moneda de origen ahora podrán hacerlo. ¿La razón? La Cámara Federal de La Plata declaró inaplicables las normas por las que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) que lo impedían.

A través de un fallo, la Justicia cuestionó la pesificación sin permitir que la persona mayor luego pueda reconvertir los pesos a la moneda de origen al tipo de cambio oficial.

Según adelanta Iprofesional, el precedente se sentó se dio en el marco de la causa “Fiorino Dominga Antonia c/ Estado Nacional - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación y otros s/ amparo Ley 16.986”.

Los integrantes de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dispusieron una medida cautelar mediante la cual suspendieron las normativas del fisco nacional y del BCRA que no le permitían a la jubilada italiana recibir una pensión en su moneda de origen.

En el fallo, dado a conocer por el sitio Diario Judicial, los magistrados entendieron que no había ninguna razón de peso en las resoluciones impugnadas del órgano estatal y la entidad financiera para que no recibiera su pensión en una divisa diferente al peso argentino, porque aun cuando existen algunos controles a la hora de entrar al mercado cambiario, se pueden realizar excepciones.

La Cámara Federal de La Plata destacó que “la Argentina, suscribió con Italia un Convenio de Seguridad Social que dispone que, 'salvo lo dispuesto en este Convenio, los trabajadores que tengan derechos a prestaciones de seguridad social por parte de uno de los dos Estados Contratantes, lo recibirán íntegramente y sin ninguna limitación o restricción, cualquiera sea el lugar de residencia'”.

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