Aceptar tarjetas de débito es constitucional

La Justicia le dio la razón a la AFIP: en adelante es obligatorio aceptar tarjetas de débito para realizar transacciones comerciales. Qué dijo la Justicia argentina en su fallo.

Redacción Fortuna

La Justicia rechazó un pedido de inconstitucionalidad de la reglamentación de AFIP que determina la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjetas de débito para las operaciones comerciales.

Para llegar a esa conclusión, el tribunal de primera instancia se apoyó en un fallo de la Corte Suprema sobre un caso similar, donde el contribuyente que denuncia la inconstitucionalidad de la norma asegurando que ésta viola sus derechos, no puede probar en ningún caso que exista la más mínima lesión a dichos derechos.

Según se concluyó, la medida “es importante” porque “al no aceptar tarjetas de débito se intenta llegar a la venta en efectivo que permite la no facturación y por consiguiente, la evasión fiscal”.

En su fallo, el Juzgado Federal de Mar del Plata asegura que la AFIP “tiene facultades delegadas para dictar las normas reglamentarias, de aplicación y de fiscalización del Decreto que, entre otros temas, crea el reintegro del Impuesto al Valor Agregado de las compras pagadas con tarjeta de débito”. En este sentido, el tribunal deja en claro que la AFIP “procede conforme a derecho cuando reglamenta la obligatoriedad del uso de tarjetas de débito para las operaciones comerciales”.