La AFIP anunció la devolución de Ganancias del medio aguinaldo

Desde el 16 de agosto se podrá realizar el trámite en el sitio online del ente recaudador. También se podrá eximirse del impuesto a los Bienes Personales. Cuáles son los pasos a seguir.

Redacción Fortuna

La AFIP publicó hoy en el Boletín Oficial las resoluciones 3919 y 3920, dentro de la ley de blanqueo, en donde se oficializa el acceso desde un sitio web al trámite correspondiente para la devolución del impuesto a las Ganancias del medio aguinaldo de este año.

Además, se podrá gestionar la excención al impuesto a los Bienes Personales. Ambos pedidos estarán habilitados desde mediados de agosto.

Según estas resoluciones, los "contribuyentes cumplidores" deberán realizar el trámite de manera online en la página de la AFIP desde el 16 de agosto y tendrán la posibilidad de eximirse del impuesto a los Bienes Personales en 2016, 2017 y 2018. Quiénes no cubran dicho tributo, obtendrán la devolución del impuesto a las Ganancias.

La operación podrá ser efectuada hasta el 31 de marzo de 2017 en la página web de la AFIP.  Allí se deberá ingresar a la opción Características especiales, dentro del servicio de Sistema Registral, donde estará habilitado el espacio "Ley 27.260 - Beneficio contribuyentes cumplidores" para realizar las solicitudes.

Para la gestión, será indispensable contar con clave fiscal con nivel de seguridad 3, e informar domicilio fiscal, teléfono, dirección de correo electrónico y un CBU bancario, donde se depositarán los montos correspondientes a la devolución de los aniticipos de Bienes Personales.

Los requisitos para realizar el trámite son estar al día ante la entidad recaudadora, presentar la declaración jurada de los años 2014 y 2015 y no tener ningún saldo pendiente en los últimos dos años.