Vence el plazo para blanquear con sólo 10% de multa

La fecha tope para declarar bienes o tenencias es el 31 de diciembre. Las recomendaciones.

Redacción Fortuna

Sin señales de prórroga por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el próximo 31 de diciembre vence la segunda etapa del blanqueo de capitales, el cual conlleva el impacto de una multa del 10 por ciento.

En este marco, el fisco recomendó "pagar la multa (impuesto especial) lo antes posible" para de ese modo "optimizar el procesamiento de datos". "Para lograr un óptimo procesamiento de datos, la Administración Federal de Ingresos Públicos recomienda a los contribuyentes que realicen, con la mayor brevedad posible, la transferencia bancaria internacional para abonar el impuesto especial con la alícuota del 10%", comunicó la AFIP.

El organismo recordó que "al realizar la transferencia el contribuyente deberá consignar el CUIT y la relación de código impuesto/concepto/subconcepto en el campo libre de 140 posiciones que posee la transferencia bancaria internacional (campo 70)".

El organismo reiteró que el 31 de diciembre de 2016 finaliza el plazo para pagar el impuesto especial con una alícuota del 10% correspondiente al sinceramiento fiscal de Bienes (excepto inmuebles) y Tenencias (depósitos en el país o en el exterior y dinero en efectivo).

La AFIP especificó que la alícuota se aplicará únicamente cuando los bienes y tenencias superen la suma de $ 800.000 (en conjunto o por separado) y reiteró que, a partir del 1° de enero y hasta el 31 de marzo de 2017, la alícuota del impuesto especial será del 15%.

La tercera etapa se completará el 31 de marzo de 2017, límite para bienes o tenencias pero abonando una penalidad del 15 por ciento.

Ante los resultados de la primera etapa, el Gobierno reafirmó la idea de alcanzar un resultado satisfactorio. Analistas estiman que el blanqueo de capitales tendrá un piso de 60 mil millones de dólares y hay quienes arriesgan que el monto final podría trepar a 80 mil millones.