En un alquiler de $15 mil se podrá deducir hasta $4330 de Ganancias

Así lo explicó Gervasio Muñoz, Presidente de Inquilinos Agrupados. En el caso de un alquiler por debajo de los $ 6.000 se podrá deducir unos $ 2.300.

Redacción Fortuna

Gervasio Muñoz, presidente de Inquilinos Agrupados, aseguró hoy que el límite de la deducción del alquiler para el pago de impuesto a las Ganancias es del 40% y tomó como ejemplo el caso de un alquiler de $ 15.000, que tendrá un tope de $ 4.330. En el caso de un alquiler por debajo de los $ 6.000 será de $ 2.300.

Muñoz señaló que "esta medida es retroactiva al primero de enero de este año a pesar que el formulario va a estar disponible en la web de la AFIP a partir del primero de marzo".

En declaraciones a Télam, el titular de Inquilinos Agrupados advirtió que "los contratos que están en curso no pueden sufrir algún tipo de modificación en el valor por lo tanto el inquilino puede exigir la factura de enero y no se puede modificar el valor del alquiler. Si el propietario modifica el valor del alquiler y lo sube debe pagar más impuestos", explicó.

Por otro lado, Muñoz destacó que en la ciudad de Buenos Aires hay un millón de inquilinos y la demanda de alquiler "es enorme".

Y agregó que "a pesar de que se ha construido mucho en la ciudad y hay un departamento cada dos personas, hay muchos inmuebles vacíos. Las condiciones para alquilar son tan exigentes que se hace complicado", argumentó.

Asimismo, en un comunicado, la entidad que agrupa a los inquilinos enumeró del detalles de la medida e indicó que "desde la reforma del impuesto a las Ganancias que votó el Congreso a fin de año, cada contribuyente que alquile una vivienda podrá descontar hasta el 40% de lo que paga del tributo, con un tope equivalente de $ 51.967 por año. De esta forma, un inquilino que paga $ 6.000 por mes podrá deducir hasta $ 2.400 mensuales. Quien abone un alquiler de $ 15.000, podrá descontar hasta $ 4.330 por mes.

Para hacerlo, el inquilino deberá ingresar al Siradig, el sistema de la AFIP en el que carga su declaración jurada de Ganancias. La primera vez que informe la deducción deberá adjuntar el contrato de alquiler en un archivo PDF. Luego, cada mes, deberá cargar en el fisco los datos de la factura que sirva de comprobante de pago del alquiler: número de CUIT, fecha y monto.

Este dato es clave, ya que, según admite la AFIP, la gran mayoría de los contratos de alquiler hoy están en negro y el propietario no emite factura.

"Desde Inquilinos Agrupados saludamos la reglamentación de esta ley que contribuirá al blanqueo del mercado de alquileres en todo el país y convocamos a los inquilinos que pagan Ganancias a que realicen la denuncia si el propietario les niega la factura, tanto en el mail de Abad como en la AFIP", informó la institución.