El Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) será de uso obligatorio a partir del 1 ° de marzo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)prorrogóhasta el 1 de marzo de 2020 la obligación deinformar en línea las retenciones y/o percepciones del IVA por cada operación realizada.El modo de hacerlo será a través delSistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE).
Cabe señalar que, a partir del 1 ° de diciembre, el sistema ya estará en funcionamiento para quien ya deseé utilizarlo. Las transacciones que podrán utilizarlo de forma optativa son las siguientes:
• Pago de honorarios profesionales.
• Factura M-IVA-Emisión de comprobantes con discriminación del gravamen.
•Factura A con leyenda operación sujeta a retención.
•IVA-Retención de operaciones de compra-venta de cheques de pago diferido y certificados de aval.
•IVA -Régimen de retención a sujetos adheridos al Régimen Simplificado para pequeños Contribuyentes.
•Ingresos obtenidos por la producción, realización y distribución de programas, películas y/o grabaciones.
•Ingresos obtenidos por la comercialización de espacios.
•Servicios de transporte de pasajeros, terrestres, acuáticos o aéreos.
•Servicios de asistencia sanitaria médica y paramédica.
•Locaciones o prestaciones de servicios.
•Compraventa de cosas muebles y locaciones.
•Locaciones vinculadas a la obtención de carnes y despojos comestibles de bovinos y frutas.
• Obras, locaciones y prestaciones obtención de animales vivos, frutas, legumbres y hortalizas.
• Trabajos sobre inmueble ajeno.
• Intereses y comisiones de préstamos.
•Locaciones vinculadas a la obtención de carnes y despojos comestibles de bovinos y frutas.
•Locación de obras, locaciones y prestaciones de servicios realizados por empresas de limpieza de edificios, investigación y seguridad y recolección de residuos domiciliarios.
• Vales de almuerzo y alimentos.
•Usuarios de sistemas de pago electrónico.
El objetivo de esta nueva medida esreducir sustancialmente los tiempos de trabajo.Cabe recordar que, hasta ahora,los agentes de retención y/o percepción debíanutilizar el SICORE, un aplicativo de descarga en el que debíancompletar la declaración jurada de cada agente de retención,confeccionar el Volante Electrónico de Pago (VEP) por cadaoperación y finalmente generar los certificados por cada retenciónrealizada.
La decisión fue oficializada a través de la Resolución General 4640 publicada hoy en el Boletín Oficial.