Empresas tendrán que informar montos no remunerativos de salarios

Qué busca evitar la AFIP con la nueva medida que será publicada en el Boletín Oficial a través de la resolución general 3279. Cómo se hace el trámite.

Redacción Fortuna

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus trabajadores, los conceptos bajo el rango “no remunerativos”, como así también la normativa que los avala y el importe al que ascienden.

DATO. Los montos no remunerativos son aquellos sobre los que no se aplican descuentos previsionales y seguridad social.

La medida, establecida a través de la resolución general 3279 que será publicada en el Boletín Oficial, establece que la declaración se debe realizar en el micrositio “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos”, en la página de Internet de la AFIP.

El régimen busca evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Unico de Seguridad Social, destaca el organismo.

Con agencias

29-3-2012

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