Autorizan a jubilada a cobrar su pensión en euros

La Justicia confirmó el fallo que habilita a la ciudadana italiana a cobrar su pensión evitando las restricciones cambiarias vigentes.

Redacción Fortuna

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un fallo que habilita a una jubilada italiana a percibir su pensión en euros evitando las restricciones vigentes para el mercado de cambios de moneda extranjera.

La Sala Tercera de la Cámara, con las firmas de los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, ratificó la medida a favor de Maddalena Fonzo y la autorizó a “la adquisición en moneda extranjera del importe de la pensión que recibe del Estado italiano”.

El tribunal tomó en cuenta “la naturaleza alimentaria de la prestación social que percibe la actora y la gravedad del perjuicio que podría irrogarle su eventual pérdida durante la sustanciación del proceso”.

Según las normas económico-financieras vigentes, el dinero en moneda extranjera proveniente del exterior debe ser liquidado en el mercado oficial de cambios, y si con ese dinero luego el titular quisiera comprar dólares o euros debe atravesar por las condiciones que impone la autoridad monetaria y tributaria.

En los hechos, ello implica un recorte en el valor real de lo percibido, porque la jubilada percibía un monto en euros, pero si sufría las restricciones cambiarias la única alternativa para mantener el dinero en esa divisa era comprarlo en el mercado ilegal, a una cotización mayor a la oficial.

“Acceder al mercado libre de cambios a los fines de tenencia o atesoramiento se encuentra supeditado a la autorización prevista por la Resolución General 3356/12 AFIP, circunstancia que en el caso importaría una limitación al derecho que asiste a la actora, derivado del principio de pago en especio o integralidad”, sostiene el fallo.

En el caso, la mujer, de “avanzada edad” y que percibe la pensión a través del Banco Itaú, “se encuentra exceptuada de ocurrir al Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias que aplique a la compra de billetes en moneda extranjera”, según determinó el fallo.