Ganancias: quiénes deberán presentar las declaraciones juradas

La administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los límites de ingresos anuales para cumplir con el trámite administrativo.

Redacción Fortuna

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los límites de ingresos anuales para cumplir con el trámite administrativo de tener que presentar la declaración jurada. De este modo, menos trabajadores deberán completar el formulario 572, habilitado en la página web del organismo, acerca del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales.

Los nuevos topes fijados a comienzos de marzo, a partir de los cuales se deberán completar declaraciones juradas informativas, no sólo regirán para 2017 sino también para el año pasado. Esto se confirmará en los próximos días mediante una resolución del organismo conducido por Alberto Abad.

A principios de marzo, la Resolución 4003 estableció que los contribuyentes que registraran ingresos anuales brutos por $ 500.000 debían presentar las declaraciones juradas informativas de ambos impuestos. Antes de esto, estaban alcanzados los individuos con ingresos brutos anuales por $ 200.000, en el caso de Bienes Personales, y por $300.000 por Ganancias.

"La resolución sólo se refiere a 2017. Pero en estos días se corregirá y dirá que es aplicable para el ejercicio de 2016", sostuvieron desde AFIP, según consignó el diario La Nación.

Ante este nuevo escenario, se reduciría en torno al 60% la cantidad de empleados que trabajan en relación de dependencia y de jubilados obligados a presentar sus declaraciones juradas informativas. Se estima que la cantidad de contribuyentes bajaría de 120.000 personas a 47.000.

Quiénes están obligados a presentar las declaraciones juradas de Ganancias. Aquellos que obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 500.000 por el desempeño de cargos públicos, por trabajo en relación de dependencia y por jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujetos al pago del impuesto.

Deberán informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los Bienes Personales que resulten aplicables a esa fecha. El total de ingresos, de gastos, de deducciones admitidas y de retenciones sufridas.

Quiénes están obligados a presentar las declaraciones juradas de Bienes Personales. En este caso es para las personas que obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 500.000. En tanto, deberán presentar la declaración jurada determinativa quienes estén inscriptos en el impuesto y aquellos contribuyentes cuyos bienes superen para el período 2016 los $ 800.000; para 2017, los $ 950.000 y para el período 2018,  $ 1.050.000.

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