¿Qué hay que tener en cuenta al contratar una prepaga?
Elegir una medicina prepaga requiere mirar más allá del valor de la cuota. Qué aspectos revisar de la cartilla, los copagos, los aumentos por edad y el contrato para evitar gastos extra.
A la hora de contratar una prepaga, hay varios factores que se tienen en cuenta, pero muchas veces no sabemos cuál es la mejor opción de plan.
“El valor inicial de la cuota es solamente una parte de la decisión. Hay que mirar bien qué cobertura se está contratando, cuáles son los prestadores contratados para recibir atención médica y es un plan con o sin copagos” explica Fiorella Bianchi, Abogada especializada en salud. Y agrega que: “Un plan aparentemente económico puede terminar siendo más caro si cuenta con copagos frecuentes o si los profesionales/los sanatorios que la persona necesita están fuera de la cartilla o lejos de la zona donde vive”
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Comparar el costo total y las condiciones del plan según las necesidades de cada persona
Desde tratamientos en curso, medicación habitual, especialistas y sanatorios, la mejor elección es una cobertura que se pueda sostener económicamente a lo largo del tiempo y que tenga atención médica de buena calidad, en zonas cercanas al domicilio.
“Además de saber qué copagos existen para ese plan y cuáles son los topes de reintegro, una de las cosas fundamentales a evaluar es qué porcentajes de aumento se prevén por edad. Eso tiene que estar escrito expresamente en el contrato de afiliación. Por eso una de las claves es pedir (y sobretodo, guardar muy bien) una copia firmada del contrato así como de la cartilla del plan exacto que se está contratando”. Indica Bianchi
Por otro lado, la declaración jurada de salud también es muy importante y es recomendable guardar una copia: debe completarse con información verdadera, donde declaremos todo lo que conocemos de nuestros antecedentes médicos hasta el momento, aunque el vendedor sugiera omitir algún antecedente. Las enfermedades preexistentes no habilitan a rechazar la afiliación y los valores diferenciales requieren autorización de la Superintendencia, pero omitir un antecedente relevante, sí puede dar lugar a la rescisión del contrato por parte del agente de salud.
La obligación de informar es de la empresa. El afiliado tiene derecho a comprender qué contrata y cuánto deberá pagar antes de aceptar.
¿Dónde están los principales aumentos o gastos extra? Además de las actualizaciones generales de cuota, el gasto puede crecer por el vencimiento de descuentos, los copagos, los adicionales por edad o por preexistencias. Si se derivan aportes, también hay que controlar que estén correctamente computados. La factura debe permitir identificar los distintos conceptos que integran el importe final, tal como lo ha establecido la SALUD.
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1. Elegir por el precio promocional. Pedir el valor sin descuento y las condiciones de la bonificación, contemplando que la cuota puede actualizarse durante su vigencia.
2. Comparar solamente la cuota. Sumar los copagos y otros gastos previsibles según la frecuencia con la que se utiliza la cobertura.
3. Dar por supuesta la cartilla. Confirmar que los médicos y centros necesarios estén incluidos en el plan ofrecido y averiguar cuánto se reintegra por atención fuera de ella.
4. Quedarse con una promesa verbal. Pedir las condiciones por escrito y guardar contratos, correos y mensajes de la contratación.
5. Pagar sin revisar la factura. Compararla con la anterior y controlar adicionales, descuentos y aportes. Ante una diferencia inexplicada, reclamar por escrito.
6. Aceptar cualquier negativa y pagar de bolsillo. Antes de asumir un gasto, verificar si la prestación corresponde por ley o por contrato y pedir el fundamento del rechazo.
7. Cambiar de prepaga solamente para bajar la cuota. Evaluar previamente las condiciones de ingreso, las preexistencias y la continuidad de los tratamientos. Antes de dar la baja, contar con la aceptación y la fecha de inicio de la nueva cobertura confirmadas.
Un dato importante a tener en cuenta es que: “ Los aumentos por edad requieren una revisión particular: no deben aceptarse automáticamente como inevitables. Por ejemplo, la ley impide aplicarlos a los mayores de 65 años que tengan más de diez años de antigüedad en la misma entidad. Que un adicional aparezca en la factura no demuestra, por sí solo, que corresponda cobrarlo”, concluye Fiorella Bianchi.