La CNV sumarió a todos los directores de Siderar

La medida se funda en el desconocimiento del Decreto que aumentaba los derechos políticos de la participación de la ANSES.

Redacción Fortuna

La Comisión Nacional de Valores (CNV) resolvió este viernes instruir un sumario a Siderar y a todos los directores de la compañía durante el ejercicio 2010, entre los que estaban el actual embajador argentino en París, Aldo Ferrer, en representación del Estado.

La empresa informó a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires que fue notificada de la resolución 16.581 de la CNV, en cuyo primer artículo se identifica a los directores que pudieron haber incurrido en infracciones a artículos de la ley 19.550 de Sociedades Comerciales y el decreto 677/2001 de Régimen de Transferencia de la Oferta Pública.

Esas disposiciones indican que los administradores y representantes de una sociedad "deben obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios" y que "los que faltaren a sus obligaciones son responsables, ilimitada y solidariamente, por los daños y perjuicios que resultaren de su acción u omisión" y, por otro lado, a procedimientos a cumplir en las actas de deliberaciones de los órganos colegiados.

Los directores mencionados en la resolución son Daniel Agustín Novegil, Martín Alberto Berardi Just, Roberto Bonatti, Roberto Oscar Philipps, Carlos Manuel Frank, Guillermo Horacio Hang, Mario Hugo Azulay, Alberto Francisco Pertini, Manuel Jorge del Carril, Aldo Ferrer y Francisco José Cudós.

En el segundo artículo de la resolución también se instruye sumarios tanto al Consejo de Vigilancia de Siderar cuanto a sus "integrantes al momento de los hechos examinados", Ignacio María Casares, Juan José Valdez Follino y Ricardo Alberto Della Felice.

La conducción del sumario recayó en el vicepresidente de la CNV, Hernán Fardi, y la audiencia preliminar se fijó para el 24 de agosto a las 11:00 am.

Asamblea de accionistas

En lo que respecta a la asamblea general de accionistas de Siderar del 15 de abril pasado, la resolución advierte que la decisión de los accionistas mayoritarios de "desconocer la vigencia" del decreto de necesidad y urgencia 441/11 [que eliminó el tope del 5% en la representatividad de la ANSES].

De esa manera, se vio "afectado el derecho de un accionista minoritario (la ANSES) de ejercer sus derechos políticos en proporción a sus tenencias, de conformidad con nuestro régimen legal societario", añadió la resolución en sus considerandos.

También indicó que la vigencia del DNU "en modo alguno" podía ser ignorada por los accionistas privados, ya que "no sólo había sido publicado anteriormente a la fecha de la Asamblea en el Boletín Oficial, sino que la sanción del mismo, por su importancia institucional había cobrado especial estado público".

Con DyN

3/6/2011

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