Ahora irán a prisión los evasores fiscales

Tras 14 horas de sesión, el Senado dio sanción definitiva a la modificación de la Ley Penal Tributaria impulsada por el Gobierno. Cuáles son los cambios.

Redacción Fortuna

El Senado aprobó esta madrugada el proyecto de reforma de la Ley Penal Tributaria, que en líneas generales cuadruplica los montos a partir de los cuales se considera la comisión de delitos de evasión fiscal.

También se aprobaron las leyes reclamadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que incorporan al Código Penal como delitos las acciones destinadas a afectar el orden económico y financiero, y que castiga “las actividades delictivas con finalidad terrorista”.

Así, tras una sesión de más de 14 horas, el Senado dio sanción definitiva a la iniciativa impulsada por el gobierno que implica la modificación de la Ley Penal Tributaria.

La medida fue aprobada por unanimidad con 63 votos de los senadores presentes en el recinto, minutos antes de la 1.30 hs de la madrugada.

El presidente de la comisión de Justicia, el kirchnerista Pedro Guastavino indicó que la propuesta gubernamental elimina la posibilidad de la llamada “probation para el delito de evasión fiscal”, lo cual hace de cumplimiento efectivo las condenas por ese delito.

Además, dijo que se busca perseguir “a los grandes evasores”, al actualizar los montos a partir de los cuales se considera el delito de evasión fiscal, que se multiplican por cuatro a los que se encuentran en vigencia hasta que se aplique la reforma.

Los radicales, a través del mendocino Ernesto Sanz, adelantaron que acompañaban en general el proyecto, aunque con disidencias ya que cuestionaron “la suspensión del juicio a prueba”, que a su entender, ese tipo de beneficio “no puede ser determinado para algunos delitos sí y otros no”.

Objetó, también, que la reforma incluya la penalización de la evasión a nivel provincial y municipal porque puede generar discusiones a nivel judicial y planteos de inconstitucionalidad.

La normativa, que obtuvo media sanción de la Cámara baja la semana pasada, incorpora la penalización de “las personas jurídicas” y agrava las sanciones para los casos de utilización de facturas falsas, no permite la suspensión del juicio a prueba y crea la figura de adulteración informática.

Redacción Fortunaweb con agencias

23-12-2011