La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo revocó el fallo de primera instacia que había rechazado la acción de amparo por mora presentada por la empresa ante el Enargas y el Ministerio de Planificación Federal.
Por eso, el tribunal intima a ambos organismos a expedirse sobre la solicitud en el plazo de 30 días.
Este es el facsímil de la nota enviada por el apoderado de TGN a la Bolsa de Comercio porteña.
8-2-2012
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