Claves para conocer los cambios en monotributo

Cuáles serán los cambios impuestos en el sistema. Cómo afectará a la hora de comprar. Quiénes podrán ser excluidos por oficio.

Redacción Fortuna

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará sobre los monotributistas evasores y los quitará del padrón.

Se trata de una nueva herramienta que se conoció a través de la resolución general 3.328 publicada en el Boletín Oficial.

¿En qué consiste? En principio hay que tener en cuenta que las  modificaciones tendrán un impacto en las operaciones de los contribuyentes.

La norma establece que los contribuyentes adheridos al régimen simplificado para pequeños contribuyentes (RS) quedarán excluidos de pleno derecho del régimen, cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:

Adquieran bienes o realicen gastos personales por un importe igual o superior al máximo admitido para la categoría en la cual estén encuadrados.

Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su categoría.

La normativa establece que el monotributista que resulte notificado de la constatación de cualquiera de las causales de exclusión podrá presentar el descargo en la forma, plazos y condiciones correspondientes.

La nueva norma advierte que cuando el pequeño contribuyente demuestre que estas adquisiciones, gastos o depósitos provengan de ingresos no declarados “corresponderá, siempre que el monto total de ingresos no determine la exclusión del régimen, la recategorización de oficio”. En efecto, de acuerdo a la normativa vigente, la AFIP puede excluir de oficio a los pequeños contribuyentes que facturan o realizan gastos en exceso.

Recategorización

Bajo esa premisa, los pequeños contribuyentes enfrentarán entre mayo y junio diversos vencimientos de obligaciones de tipo informativo.

En tal sentido, todos deberán recategorizarse antes del próximo 21. A su vez, los inscriptos en las categorías más altas de este régimen tendrán que presentar entre el 24 y el 31 de este mes una declaración informativa sobre diversos parámetros de su actividad. Y antes de que finalice junio, los trabajadores independientes deberán revisar su encuadre como autónomos en el régimen de la seguridad social.

Con relación a las ventas, quienes estén ubicados en las categorías más altas tienen que evaluar diariamente si no superan los límites de ingresos anuales establecidos (que son de $200 mil para profesionales y de $300 mil para el resto de las actividades).

14-5-2012

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