Quiénes están exentos de pagar el aumento de la luz

El Gobierno dio a conocer hoy, mediante el Boletín Oficial, cuáles son los requisitos para tener acceso a una tarifa social.

Redacción Fortuna

El Gobierno detalló hoy, mediante el Boletín Oficial, a quienes cubrirá la tarifa social que se implementará frente al aumento en las facturas de luz que regirá desde el 1 de febrero.

Los jubilados o pensionados y las personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a $12120 (dos salarios Mínimos Vital y Móvil) estarán contemplados en la tarifa social.

También se verán beneficiados quienes cuenten con certificado de discapacidad y los titulares de programas sociales y quienes estén percibiendo el seguro de desempleo.

El beneficio también alcanza a los que estén inscritos en el Régimen de Monotributo Social y los que estén incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239).

Mientras que los que tengan registrados más de un inmueble, posean una aeronave o embarcación y tengan un vehículo con menos de 15 años de antigüedad estarán excluidos de la tarifa social.

Criterio de elegibilidad:

-Jubilados o pensionados que cobren un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.

-Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM).

-Titulares de programas sociales.

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