Paso a paso: cómo pedir la devolución de Ganancias del medio aguinaldo

El trámite permite también solicitar la exención de Bienes Personales. Hay tiempo hasta el 31 de marzo de 2017 para hacerlo.

Redacción Fortuna

Desde ahora se podrá realizar el trámite que permita acceder a la devolución de Ganancias del medio aguinaldo  así como la exención de Bienes Personales en la AFIP. Hay tiempo hasta marzo del año próximo para gestionarlo.

El trámite para cumplidores podrá hacerse entre hoy y el 31 de marzo de 2017. Para ello se debe ingresar al sitio web del organismo www.afip.gob.ar e ir al servicio interactivo denominado "Sistema registral" y luego a la opción "Ley 27.260 Beneficio para cumplidores". Aquí se podrá elegir uno de las dos opciones: Bienes Personales o Ganancias.

Los contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones fiscales en los últimos años podrán tramitar los beneficios previstos para ellos en la ley de blanqueo de capitales, entre los que se encuentran la exención del impuesto a los bienes personales por los años 2016, 2017 y 2018, o (en caso de no estar alcanzado por ese tributo) la devolución de lo retenido por el impuesto a las Ganancias por el medio aguinaldo cobrado a mediados del corriente año.

La condición para poder acceder al beneficio es haber cumplido con las obligaciones del impuesto a los bienes personales por 2014 y 2015 (lo relacionado a declaraciones y pago). Otro punto a tener en cuenta es que no se debe haber participado del blanqueo anterior ni de un plan de facilidades de pago de deudas.

En caso de pedir el beneficio de Ganancias correspondiente al medio aguinaldo, desde el organismo indicaron que habrá que completar un casillero que se incluirá en el formulario 572 (es el servicio interactivo llamado "Siradig" en la Web), para que el empleador acceda a la información.