Todo lo que los usuarios deben saber sobre el fallo de la Corte

La Corte Suprema dictaminó en contra del tarifazo implementado por el Gobierno. Conocé los detalles y los alcances de la resolución.

Redacción Fortuna

Este mediodía la Corte Suprema de Justicia anuló la decisión del Poder Ejecutivo de aumentar las tarifas de gas a los consumidores residenciales.  El motivo esgrimido fue la obligatoriedad de la audiencia pública previa.  Acá todo lo que los usuarios deben saber:

La decisión comprende únicamente a los consumidores residenciales, estos corresponden el 30% del uso a nivel nacional. Las industrias, Pymes y los comercios abonarán las facturas con las tarifas actualizadas por el gobierno.

El ministro Aranguren informó hoy en conferencia de prensa junto con el jefe de gabinete que los usuarios que hayan pagado las tarifas posteriores al 31 de marzo recibirán una nota de crédito en recompensación.

La Corte en su fallo decidió continuar con la "Tarifa Social", la cual está disponible para todos jubilados o pensionados que cobran menos de dos jubilaciones mínimas ($ 9918), trabajadores con ingresos menores a dos salarios mínimos ($ 12.120), monotributistas, empleadas domésticas, personas que cobren el seguro de desempleo, discapacitados y quienes reciban planes sociales. Seguirán pagando sólo el costo fijo del servicio, lo que corresponde a un 25% de la tarifa total.

La Corte explicó los motivos para que el fallo alcance únicamente a residenciales, aseguró que definió "el proceso colectivo en diversos precedentes y ha dicho claramente que deben existir intereses individuales homogéneos. Es decir, debe haber una causa común (en el caso la falta de audiencia), pero no hay homogeneidad", según informó el Centro de Información Judicial.

Los usuarios que no pagaron las facturas debido a los vaivenes judiciales sobre las tarifas deberán esperar que las empresas refacturen con los montos previos a los aumentos. Desde el gobierno ratificaron el cuadro tarifario anterior.