Implementarán controles aduaneros más flexibles para los residentes provenientes del exterior

El organismo recaudador modificó el régimen general de equipaje.

Redacción Fortuna

No solo los monotributistas tendrán trámites más fáciles luego de las modificaciones implementadas por Alberto Abad, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Según se publica en el Boletín Oficial de hoy en la Resolución General 3991-E, también los residentes que viajan al exterior, para que no sufran demoras indebidas al regreso al país, ahora pasarán por controles más laxos.

"Deviene necesario agilizar la atención a los pasajeros, simplificando las formalidades y requisitos exigibles al equipaje de entrada, mediante nuevos controles inteligentes con el fin de optimizar la aplicación de la normativa aduanera", expresa el texto.

El ingreso al país, paso a paso, según el texto de la norma:

Una vez en el aeropuerto, el pasajero “deberá dirigirse hacia la zona de revisión próxima a la salida para formalizar, en todos los casos, la declaración del mismo mediante la presentación del formulario OM-2087/G3 o OM-2087/G4 ante el servicio aduanero. Dichos formularios deberán ser provistos por las compañías de transporte".

Luego, deberá consignar si tiene o no bienes adquiridos en el exterior y si exceden la franquicia según proceda de país limítrofe o extrazona. Quien tenga bienes para declarar que excedan la franquicia, según la nueva normativa, "deberá dirigirse a la vía identificada como 'Tiene para declarar' en la cual el servicio aduanero procederá a verificar dichos bienes”. Si no tiene bienes para declarar o tiene pero no exceden la franquicia, “deberá dirigirse a la vía identificada como 'No tiene para declarar', en la cual su equipaje será revisado selectivamente mediante controles no intrusivos (escáner)”.

Además, el texto, que aclara que "el servicio aduanero se reserva la potestad de reconducir al pasajero a los puntos de control para revisión de su equipaje", establece que para todos los casos, el personal afectado al control aduanero podrá ordenar la verificación física de los viajeros y sus equipajes. Esta selección, se hará "en función de los perfiles de riesgo elaborados por la Sub-dirección General de Control Aduanero, de lo visualizado en el scanner o cuando los mismos resultaren sospechosos".

Multas. La AFIP puntualiza que si se comprueba que el viajero tiene sin declarar bienes adquiridos que excedan la franquicia, “el servicio aduanero procederá a labrar un acta, secuestrar dichos bienes e iniciar la denuncia pertinente”.

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