El congreso debate reforma al Impuesto a las Ganancias

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Redacción Fortuna

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El (mal) llamado Impuesto a las Ganancias (IG) a la Cuarta Categoría grava las rentas del trabajo personal, es decir que alcanza los ingresos del trabajador asalariado (más que a las ganancias, se trata de un impuesto a los ingresos en general).La discusión sobre el alcance del gravamen se torna más compleja en un contexto de inflación elevada, donde los ajustes nominales que se realicen sobre la base y la alícuota terminan por definir el grado de la presión tributaria.

Para comprender las complicaciones del impuesto, resulta útil analizaren detalle su estructura. Para empezar, la base del IG se calcula sobre el ingreso neto de los aportes obligatorios a los sistemas de jubilaciones y obras sociales. Sobre este salario neto anual (que incluye el aguinaldo) se realizan dos tipos de deducciones: las generales (Ganancia mínima no imponible y Especial); y las particulares que afectan a cada trabajador (por cónyuge, hijos, familiares a cargo, empleados del servicio doméstico, etc.).

Hechas las deducciones correspondientes, se obtiene así la ganancia anual neta sujeta al impuesto, que tributará una determinada alícuota en función de una tabla que surge del artículo 90º de la Ley. Según el monto imponible, se establece por un lado una suma fija a pagar y a su vez se aplica una alícuota sobre el excedente, ambos conceptos crecientes sobre el ingreso. Así, las escalas van desde una ganancia neta sujeta a impuesto de $ 0 a $ 10.000, con una alícuota de 9%, a más de $ 120.000, con una tasa máxima de 35%.

En los últimos años, las modificaciones realizadas sobre este impuesto se dieron sobre las deducciones, con el objetivo de actualizar el salario Mínimo No Imponible conforme a la inflación percibida. En contraposición, las escalas del tributo no han cambiado en los últimos años y se mantienen en el mismo nivel desde fines de los ’90. Es que, a diferencia de las deducciones que el Ejecutivo puede modificarlas sin pasar por el Congreso, en el último caso es necesario cambiar la Ley del Impuesto a las Ganancias.

Así, los cambios discrecionales sobre el Mínimo No Imponible han hecho que más o menos trabajadores queden alcanzados por el impuesto, pero además, al no modificarse las escalas, aquellos que efectivamente pagan el impuesto terminan tributando cada vez a tasas más elevadas. Frente a este contexto, en la última semana el oficialismo envió justamente un proyecto de ley para modificar el IG, donde las discusiones sobre la presión del impuesto volvieron a ubicarse en el centro de la escena.

¿Qué cambios se vienen en Ganancias?

Con el objetivo de hacer una reforma más integral del IG, la discusión que se está dando en el Congreso abarca las diferentes aristas del tributo que afectan a los trabajadores. En primer lugar, el proyecto que presentó el oficialismo postula una serie de cambios importantes sobre las deducciones. Por un lado, propone un incremento del 15% en las deducciones generales y por hijos (las últimas actualizaciones habían sido en febrero de este año). Pero por el otro, establece una reducción de la edad máxima de cobertura a los jóvenes a cargo (de 24 a18 años) y la eliminación de la deducción por cónyuge.

Así, con estos aumentos y supresiones quedarían definidos nuevos Mínimos No Imponibles (MNI), dependientes de la estructura familia. Por caso, para un contribuyente soltero el MNI neto sería de $ 21.700 mensuales, contra los $ 18.880 que rigen actualmente (+15%). Por su parte, en el caso de un casado con uno o dos hijos, estos importes prácticamente no sufrirían cambios (de $ 23.469 a $ 23.472 para el primer caso, y $ 25.000 a $ 25.231 netos mensuales para el segundo). Esto se debe a que, si bien crece 15% la deducción por hijo, la eliminación de la deducción por cónyuge compensa esta suba. Así, en el caso de personas casadas, el proyecto no contempla siquiera un incremento en los MNI por inflación.

El cambio más fuerte incluido en el proyecto oficial está vinculado con las escalas que, como se mencionaba en el apartado anterior, se han mantenido inalterables desde la última reforma de la Ley en 1999. De acuerdo al documento presentado por el gobierno,  no sólo prevé un alza en los niveles sobre los cuales se aplican las distintas tasas marginales, sino que además postula una mayor progresividad en la alícuota a aplicarse, las cuales comenzarían con una tasa marginal de5% (vs. 9% de la actualidad), llegando progresivamente a la máxima alícuota que rige en la actualidad (35%).

En definitiva, las reformas propuestas dejan entrever que, probablemente por las restricciones fiscales, el objetivo del Ejecutivo no es reducir la cantidad de individuos alcanzados por este tributo (aproximadamente dos millones de personas) sino hacer que estos paguen menos. Para graficar este punto veamos un ejemplo de cómo aumentaría la presión tributaria en 2017 en caso de que no hubiera modificaciones sobre el impuesto, en comparación con lo que sucedería de aprobarse la propuesta del oficialismo.

Supongamos por ejemplo una estructura de ingresos diferente entre trabajadores solteros y casados con hijos, pero que todos reciben el año próximo un incremento salarial del 25%. Frente a este escenario, sino se introducen modificaciones al impuesto, el monto a pagar por las personas solteras sin hijos más que se duplicaría respecto de 2016.Asimismo, para un trabajador casado con hijos los incrementos serían algo menores, pero igualmente significativos (123% con un solo hijo y 77% en el caso de dos hijos).

De esta forma puede verse que, con un incremento salarial en línea con la inflación esperada para los próximos doce meses por los agentes (según la mediana de la encuesta de UTDT), la presión tributaria sería muy fuerte: para una persona soltera la carga que pagaría de ganancias pasaría de 5% de su sueldo neto a representar 10%del mismo, sólo por el efecto de paritarias. No obstante, considerando los cambios del proyecto oficial, el porcentaje del sueldo afectado por ganancias en 2017 sería similar o menor al de este año según el caso.

Cabe destacarse que el proyecto también propone subas nominales en las escalas para los años 2018 y 2019. Esto es porque las escalas teóricas deberían multiplicarse al menos por diez ya que desde1999 los precios acumularon una suba fenomenal, pero el costo fiscal hace imposible semejante actualización. Por ello, se propone actualizar gradualmente estos valores: multiplicar la escala actual por cuatro en 2017, por siete en 2018 y por diez en 2019.

La semana entrante se tratará el proyecto en el Congreso, pero en la discusión convivirán otras propuestas. En particular, los otros proyectos proponen mayores subas en las deducciones, la incorporación de nuevas deducciones (como, por ejemplo, el pago de alquileres), y ajustes mayores en las escalas, lo que implica un costo fiscal más elevado.

Para compensar esta mayor pérdida de recursos, algunos proyectos de la oposición contemplan la creación de nuevas fuentes de recaudación, donde se incluirían, por ejemplo, la renta financiera, el juego, inclusión en el tributo a jueces y funcionarios del Poder Judicial nacional y provincial, etc. Dentro del plan oficial no está previsto una compensación de las pérdidas esperadas con las modificaciones, pero sí hay una preocupación sobre el costo, sobre todo en un contexto donde el gobierno necesita acotar el rojo del sector público.

El “costo” fiscal de la reforma

En lo que respecta al impacto fiscal de esta medida, deben tenerse en cuenta una serie de consideraciones. En principio, la recaudación tributaria por Ganancias Cuarta Categoría en 2016 se estima en alrededor de $ 100.000 millones (1,3% del PBI) y si no se implementan cambios la recaudación superaría  $ 165.000 millones en 2017 (alrededor de 1,7% del PBI). El brusco aumento obedece a que, con las futuras paritarias, muchas personas comenzarían a tributar el gravamen (aproximadamente, un millón de trabajadores adicionales), y aquellos que ya están afectados por ganancias pagarían  mucho más.

Teniendo en cuenta el déficit presupuestado, no hay duda que el gobierno quiere minimizar el costo fiscal de esta reforma, lo que dependerá de cuánto se modifiquen finalmente las deducciones y las escalas. Según la estimación oficial, se perderían alrededor de $ 30.000 millones de recaudación, pero el impacto final puede ser aún mayor según la suba salarial acordada en paritarias (hasta $ 50.000 millones).Vale destacar que los ingresos resignados no afectan sólo a la Nación: 50% de la recaudación de este impuesto va a las provincias.

Pero el impacto de $ 30.000-$ 50.000 millones no debe ser visto como una “pérdida” del sector público, sino como una restitución genuina de ingresos a los trabajadores en un contexto de inflación. Si no hay una actualización nominal de las escalas y las deducciones acorde a la suba de precios, los trabajadores estarían pagando por ganancias una mayor proporción de sus ingresos, más allá de la evolución de su salario real. De hecho, la falta de actualización automática de dichos parámetros generó en los últimos diez años una creciente presión tributaria sobre los trabajadores de mayores ingresos.

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