Cómo es el mecanismo para designar presidente del Central

Redacción Fortuna

Según la Carta Orgánica del BCRA, la Presidenta sólo puede remover al titular de la entidad por "incumplimiento de los deberes de funcionario público o por mal desempeño de las funciones".

Según la Carta Orgánica del Banco Central (BCRA), la jefa del Estado podrá remover a los miembros del directorio “cuando mediare mala conducta o incumplimiento de los deberes de funcionario público” y deberá contar con el “previo consejo de una comisión del Honorable Congreso de la Nación”.

Sin embargo, sería de difícil aplicación ese artículo porque ya trascendió que la motivación es política y está vinculada con la demora del BCRA en transferir reservas a una cuenta del Tesoro nacional, tal como dispuso por decreto Cristina Kirchner hace tres semanas para garantizar el pago de la deuda en 2010. Y como está estipulado en el artículo 3º de la Carta Orgánica, “en la formulación y ejecución de la política monetaria y financiera, el Banco no estará sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional”.

Si Cristina Kirchner avanza en su decisión de alejar del cargo a Redrado deberá seguir una serie de pasos que aparecen detallados en el artículo 9º de la ley 24.144, en el que se aclara que "la comisión del Honorable Congreso de la Nación será presidida por el presidente de la Cámara de Senadores e integrada por los presidentes de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Economía de la Cámara de Diputados de la Nación”.

Para el ex presidente del Banco Central (BCRA), Aldo Pignanelli, la remoción del titular de ese organismo y la designación de un nuevo presidente sigue un mecanismo muy específico. “El primer paso es que se concrete la salida del actual titular, Redrado”, afirmó,  pero “el Ejecutivo no le puede pedir la renuncia al presidente del BCRA si no es a través de un juicio político salvo que sea una renuncia acordada”.

En el caso de que se concrete la renuncia, Pignarelli explicó que en el cargo puede asumir “en comisión hasta que se cumpla el mandato", en este caso, hasta el 23 de septiembre, el reemplazo designado por el Poder Ejecutivo. Luego, “debe ser el pleno del Senado” quien apruebe el acuerdo para que finalmente ese reemplazante, que sería Mario Blejer, se haga cargo del puesto oficialmente.

6/1/2010