La Corte no se expedirá sobre Papel Prensa

El Máximo Tribunal no opinará sobre una queja impuesta por la empresa a una resolución que unifica el precio del papel de diario.

Redacción Fortuna

Tal como lo hizo en el caso de la Ley de Medios y en otras medidas cautelares, la Corte Suprema de Justicia de la Nación evitó este martes pronunciarse sobre una Resolución de la secretaría de Comercio Interior que había establecido condiciones de venta del papel para diarios.

Por unanimidad, el máximo tribunal rechazó un recurso de queja que los socios privados de Papel Prensa habían presentado contra el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que había ordenado la aplicación de la Resolución de Guillermo Moreno 1/10.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay no hicieron lugar al planteo porque al tratarse de un amparo “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.

Así, el Tribunal ratificó su “reiterada doctrina según la cual, en principio, la Corte sólo interviene en causas en las que exista sentencia definitiva, es decir aquellas que ponen fin al pleito o impiden su ulterior reparación”, explicó a través de un comunicado.

Antecedentes

Moreno había dictado el 6 de enero del año pasado la Resolución 1/10 por la cual había impuesto un precio uniforme para las operaciones de comercialización de papel para diarios. La Resolución fue objetada por los socios privados de Papel Prensa, quienes presentaron un amparo para su suspensión, lo que lograron en la primera instancia judicial.

Luego, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal levantó la suspensión y dispuso la aplicación de la Resolución. Contra este último fallo fue presentado el recurso que ahora fue rechazado por la Corte, por lo que ratificó la vigencia de la medida.

Con el pronunciamiento procesal del máximo tribunal se terminaron las instancias para tratar el amparo sobre la suspensión de la medida, por lo que ahora la Justicia deberá analizar el fondo del reclamo que es la presunta inconstitucionalidad de la Resolución. En el caso de la Ley de Medios, la Corte procedió igual, aunque le fijó al juez Edmundo Carbone un plazo máximo de dos años para que éste resuelva sobre el fondo de la cuestión, en relación al artículo 161 que fija la desinversión del Grupo Clarín en un año.

Ese tiempo límite finalizará en 2013, según lo estableció primero el mismo magistrado y luego la Cámara Federal en lo Civil y Comercial, tras la apelación del Gobierno.

Con DyN

23/8/2011