El Gobierno obligó a las aseguradoras a vender bonos en divisas

La resolución fue publicada hoy en el Boletín Oficial. Las implicancias.

Redacción Fortuna

El Gobierno obligó hoy a las compañías aseguradoras a desprenderse de bonos en divisas que tienen en cartera, una medida que procura aumentar la oferta de esos títulos en el mercado bursátil para contrarrestar la mayor turbulencia cambiaria tras las elecciones del domingo.

La obligación fue publicada hoy en el Boletín Oficial, que consignó la Resolución 39517 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) con la firma de su titular, Juan Antonio Bontempo, e incorporó dos puntos al Reglamento General de la Actividad Aseguradora, el primero bajó el título "Calce de Moneda de Reservas Técnicas".

"Las reservas técnicas deben ser invertidas en la misma moneda en que deban pagarse las obligaciones. Las entidades deben mantener activos nominados en moneda extranjera únicamente hasta la concurrencia de las reservas técnicas que se originen en los contratos de seguros y reaseguros en moneda extranjera", ordenó la resolución de la SSN.

Y agregó que esas reservas técnicas "nacidas de obligaciones en moneda extranjera, cancelables en pesos, deben ser cubiertas con instrumentos financieros que revistan las mismas condiciones".

En relación con la exposición neta al Tipo de Cambio (ENTC), la resolución de la SSN ordenó a las aseguradoras "calcular su exposición neta de tipo de cambio que resultará de la relación entre los activos totales en moneda extranjera y las reservas técnicas constituidas en la misma moneda". "Los instrumentos emitidos en moneda extranjera y pagaderos en pesos, serán considerados entre los activos totales en moneda extranjera", ordenó.

Además, la SSN incorporó un segundo ítem al Reglamento General de la Actividad Aseguradora: "Régimen de información de Pasivos".

Este punto obliga a las entidades a presentar mensualmente, con carácter de declaración jurada, el detalle de los pasivos de los contratos discriminando los siguientes conceptos:

a) nominados en moneda pesos o de curso legal.

b) nominados en moneda extranjera y pagaderos en moneda extranjera.

c) nominados en moneda extranjera y pagaderos en pesos.

Por último, la SSN diseñó un cronograma de cumplimiento para las nuevas obligaciones, que finaliza este año.

Aquellas entidades que presenten exceso o déficit de ENTC deberán reducirlo conforme al siguiente cronograma: - Al 3 de noviembre de 2015, el 50 por ciento del exceso.

- Al 30 de noviembre de 2015, el 75 por ciento del exceso/déficit.

- Al 31 de diciembre de 2015, el 100 por ciento del exceso/déficit

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