Una decisión a tono con la jurisprudencia

Redacción Fortuna

Análisis. Por Antonio María Hernández * | El abogado constitucionalista analiza el pronunciamiento de la Corte sobre la ilegalidad de las sumas salariales no remunerativas.

Es una sentencia muy importante de la Corte Suprema de Justicia, por sus efectos en materia laboral y previsional, ya que declara la inconstitucionalidad de tres decretos dictados por el ex Presidente Duhalde, que habían dispuesto el pago de sumas no remunerativas.

Es un fallo unánime que lleva la firma de seis de sus miembros, -ya que no votó el Presidente Lorenzetti-, aunque con fundamentos propios en el voto de Carmen Argibay.

Debe destacarse también esto último, ya que también aquí se descalifican dichos decretos de necesidad y urgencia por no cumplir los requisitos del art. 99 inc. 3 de la Ley Suprema y por invadir facultades legislativas propias del Congreso, criterio que compartimos especialmente.

Mas allá de esto, hay plena coincidencia de los Ministros de la Corte en asegurar la plena vigencia del art. 14 bis de la Constitución Nacional y los tratados internacionales respectivos que garantizan el justo salario de los trabajadores y los derechos previsionales.

Se trata en definitiva de una decisión trascendente y valiosa, que junto a otras sentencias adoptadas en materia previsional y de libertad sindical, comportan -bajo nuestro punto de vista- lo más acertado de la actual jurisprudencia de nuestro más alto Tribunal, en una clara defensa de los derechos económicos, sociales y culturales.

* Abogado constitucionalista. Presidente Honorario de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional y ex Convencional Constituyente en 1994

3/6/2010

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