Con una trampa le sacan $10.000 del cajero, pero la Justicia le devuelte la mitad

Redacción Fortuna

Un fallo de Cámara ordenó a un banco privador a resarcir con $5.500 a un cliente víctima de una estafa con su tarjeta de débito que, tras quedar atorada en el cajero, fue utilizada para sacar dinero.

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La Justicia en lo Comercial condenó a un banco privado a resarcir con $5.460 a un cliente víctima de una estafa mediante una tarjeta de débito, a quien le sustrajeron de su cuenta $9.960.

Los camaristas de la sala D, Pablo Heredia, Juan José Dieuzeide y Gerardo Vassallo, entendieron que si bien había existido una operación para que el cajero retuviera la tarjeta del damnificado, éste demoró demasiado en hacer la denuncia, lo que posibilitó que se realizaran otras operaciones apócrifas de extracción de dinero.

El caso ocurrió el 28 de setiembre de 2003, aproximadamente a las 10:10 horas, cuando un cliente del BBVA Banco Francés “concurrió a la sucursal Gualeguay del banco demandado para operar con el cajero automático allí instalado, y que tras insertar en este último la tarjeta Banelco Electrón que se le había suministrado a ese fin, le fue retenida por el citado aparato mecánico pese a haber ingresado en el sistema correcta y reiteradamente la pertinente clave personal de usuario”.

El hombre no pudo recuperar su tarjeta, y sin realizar la denuncia inmediatamente, esa noche “consultó por vía remota (Internet) el saldo de su cuenta bancaria asociada, advirtiendo con sorpresa que se habían efectuado distintas extracciones dinerarias por un total de $ 9.920”.

Cuando efectuó el reclamo, en el banco le explicaron que “había sido víctima de la colocación de un pescador, esto es, un elemento que puesto en la ranura del cajero automático donde los usuarios ingresan las tarjetas, permite la retención de la colocada y su posterior extracción por un tercero”.

Camino legal

En primera instancia, la Justicia accedió a resarcirlo sólo con $1.000, porque ese fue el importe que le fue sustraído en la primera operación fraudulenta, un minuto después de que la tarjeta le fuera retenida.

Al revisar la sentencia de primera instancia, la Cámara sostuvo que “lejos ha estado el banco demandado de acreditar que el ilícito estuviera causalmente relacionado con la culpa o negligencia de aquél, y menos con su dolo o intención de perjudicar” y entendió "que la apuntada omisión (de la denuncia) actuó como concausa del hecho ilícito, en realidad, solamente agravó sus consecuencias, esto es, agravó el daño”.

1/10/2009

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