Por Patricia Gómez* / Lo que hay que tener en cuenta para traer un ejecutivo extranjero a trabajar en una empresa en Argentina.
Para traer un ejecutivo extranjero a trabajar en una empresa en la Argentina no es una tarea sencilla. Hay muchas cuestiones que deben tenerse en cuenta que no sólo incluyen temas legales sino también personales que incluso pueden afectar el ámbito laboral. El éxito de un proceso de expatriación de los trabajadores de una empresa dependerá de los 5 aspectos más importantes que deberán ser analizados previamente:
1. ASPECTO FAMILIAR. Este aspecto es básico para el éxito de un traslado a otro país. Un proceso como este nunca es simple, siempre debe tenerse en cuenta la comodidad y adecuación de la familia al nuevo entorno. Tantos cambios generan ansiedad por adaptarse al país de destino. La tarea de relocación buscará que la transición, con diversidad en idioma, cultura y costumbres, sea lo más fluida y segura para una rápida integración de la familia del expatriado. El traspaso escolar para sus hijos, que deberán crear nuevos lazos y amistades con diferente cultura y la necesidad de mantener su nivel de enseñanza, el nuevo entorno de amistades para su cónyuge, son algunos de los tantos puntos que el expatriado evalúa para tomar la decisión.
2. ASPECTO MIGRATORIO. Es uno de los más importantes y centrales del proceso de expatriación. Es importante brindar un seguimiento personalizado para el desplazado y de su familia respecto a los tramites migratorios, tanto en la obtención de sus visados, como en la asistencia para la búsqueda de lugar de residencia, colegio de sus hijos, obtención de licencia de conducir, etc. En caso de no tener una estrategia bien armada en este aspecto, los proyectos pueden verse demorados y generar pérdidas económicas para la empresa. El tipo de visado a aplicar conforme la Ley Migratoria argentina se interrelaciona con el aspecto fiscal, laboral y previsional.
3. ASPECTO FISCAL. Conforme ley migratoria argentina, se dividen en 3 categorías: residentes transitorios (por turismo, negocios,etc); residentes temporales (por contrato de trabajo, traslado de personal especializado,etc) y residentes permanentes. Como ejemplo, conforme la Ley de impuesto a las Ganancias, los residentes temporales (no transitorios ni permanente) están exentos del pago del impuesto a las ganancias por hasta 5 años con residencia temporal.
4. ASPECTO LABORAL. Trabajadores con contrato en el extranjero desplazados o trasladados temporalmente a la Argentina, normalmente suelen mantener la vinculación con la legislación laboral de su país durante los años que están acá. Aunque la empresa siempre tiene que cumplir los requisitos mínimos establecidos por la legislación en el destino. Trabajadores localizados o con contratación directa en Argentina: en estos casos –cada vez más comunes porque son mucho más baratos para la empresa aunque menos ventajosos para el trabajador–, se rompe el vínculo con la legislación laboral extranjera y solo se aplica la de destino.
5. ASPECTO PREVISIONAL. Por regla general, en materia previsional se deben pagar las cargas sociales e impuestos en el país donde se está trabajando. Pero en la mayoría de los casos, en los países con los que Argentina tiene convenios internacionales de Seguridad Social, se acogen a la excepción de seguir pagando los impuestos en su país, al menos en los cuatro o cinco primeros años. Estos acuerdos celebrados entre dos o más países (bilaterales-multilaterales) tienen como fin garantizar el goce efectivo del derecho a la seguridad social de los trabajadores migrantes. De esta manera, se pretende lograr igualdad de trato entre las personas de distintas nacionalidades.
*Titular de Global Expert - Immigration Corporate Services
www.globalexpert.com.ar