Monotributo: los que más facturan deberán controlar sus gastos y tener empleados

Redacción Fortuna

Los prestadores de servicios deberán controlar sus gastos y los que más pagan, tener un empleado. Además, el contador LoCane responde sus dudas acerca de la modificación del regimen de Monotributo.

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Los pequeños contribuyentes que estén en la categoría más alta de facturación del monotributo deberán tener más control personal sobre sus gastos para no ser considerados responsables inscriptos. El nuevo monotributo que regirá desde el 1 de enero de 2010 deja afuera a los profesionales con gastos mensuales superiores a alos $6.700.

El texto de la ley que modifica el régimen establece que los prestadores de servicios que facturen entre $144.000 a $200.000 al año deben tener un límite de gastos anuales equivalente al 40% de sus ingresos en la última categoría del nuevo esquema. Es decir, no podrán gastar más de $80.000 anuales (es decir, $6.66,66 mensuales). También existe otro límite para los que sumen más del 80% de tope de facturación con los últimos 12 meses de ingresos brutos.

De este modo, los que pasen el límite tendrán que inscribirse en la AFIP en el Impuesto a las Ganancias y en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Así los pequeños contribuyentes deberán ejercer un control mensual en sus gastos para no salirse del régimen.

Por lo tanto, las empresas y particulares que se encuentren en los escalones más elevados del renovado esquema de tributación deberán estar atentos a que cada factura que emitan no los expulse del Monotributo.

En otras palabras, el control se lleva al extremo ya que deberá realizarse cada vez que la compañía o el particular emitan un comprobante. En contrapartida, el mecanismo que rige hasta fin de año es más laxo ya que sólo prevé un control mensual de la facturación. Puntualmente, la norma anterior establecía que quedaban excluidos los contribuyentes que "sus ingresos brutos correspondientes a los últimos 12 meses superen los límites establecidos para la última categoría".

OTRA LIMITACIÓN PARA LA CATEGORÍA MÁS ALTA

Como requisito para poder adherirse a las categorías más alta hay que cumplir con una cantidad mínima de personal en relación de dependencia: Hasta $235.000: 1 empleado. Hasta $270.000: 2 empleados. Hasta $300.000: 3 empleados.

Si el empleador por cualquier motivo realiza una baja en la nómina de su personal puede continuar en la categoría sin ser excluido pero deberá recuperar sus trabajadores dentro del mes calendario posterior al de haberse registrado la baja.

locane2CONSULTORIO IMPOSITIVO

¿Tiene alguna duda sobre este tema o el nuevo regimen de monotributo en general? Deje su pregunta en esta noticia (como un comentario) y el contador Guillermo LoCane, autor de El blog de el contador, la responderá en FortunaWeb.

Las preguntas serán respondidas este sábado 19 de diciembre por el contador LoCane. Aproveche a hacer las últimas consultas.

15/12/2009

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