Sueldo: 5 claves para saber cuánto vas a cobrar

Es importante diferenciar entre el salario bruto y el neto para entender cuánto vas a ganar en mano cada mes.

Redacción Fortuna

La diferencia entre sueldo bruto y neto radica en que el primero es previo al descuento de impuestos; mientras que el segundo es el monto final tras el descuento sumado a los conceptos que no les corresponde ninguna reducción como pueden ser viáticos u otros negociados en paritarias.

Cabe señalar que el primero es la medida de valor del trabajo. Por ese motivo, al momento de hacer cálculos como el aguinaldo, las vacaciones o las indemnizaciones siempre debería tomarse el valor bruto. 

A continuación, GI Group señaló algunas consideraciones a tener en cuenta al momento de ver el recibo de sueldo.

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1) El primer mes es probable que no se cobre completo

Una vez que se acepta la propuesta y los mecanismos de ingreso se activan, es probable que el inicio de actividades se demore unos pocos días más de lo esperado. Normalmente no hay un pasaje inmediato entre un trabajo y otro, lo que hace que inevitablemente haya algunos días caídos sin haberes. Al menos que se haya ingresado el primer día del mes, la persona va a cobrar el proporcional a lo trabajado.

2) Descuentos de Ley Básicos

Según el convenio al que la persona esté ligada laboralmente se puede tener distintos descuentos de ley, pero hay tres por los cuales será alcanzada: el 3% de la obra social, 3 % de la ley 19.032 que financia al PAMI y el 11% de Jubilación. Es decir que, sobre el bruto, ya hay que calcular un 17% menos. Solo en caso de personal jubilado se exime el descuento de la obra social y la ley 19.032.

3) Aportes Adicionales según Convenio

Según la actividad puede haber descuentos adicionales. Por ejemplo, en Comercio de Capital Federal hay dos descuentos adicionales: la cuota solidaria del 2% del Sindicato de Comercio de Capital y el 0.5% de FAECYS, la federación que agrupa a los distintos sindicatos de la rama. “No es la única actividad que tiene una cuota solidaria, por tanto, es primordial saber si nuestra propuesta es Fuera de Convenio o en cuál estamos englobados. Muchas veces, ante una falta de detalle, es recomendable tomar un 3% más de descuentos ante cualquier otro concepto que sume el Convenio”, señaló Dante Malaspina, analista de RR.HH de Gi Group.

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4) Obra Social por Trabajo Parcial

Un hecho poco conocido, y que muchas empresas se abstienen de advertir al momento de la oferta, es el aporte adicional por trabajo a tiempo parcial. La ley de contrato de trabajo que rige el empleo en la actividad privada se vio modificada en el 2008 por la ley 26.474. Esta última establece que el personal a tiempo parcial tiene que aportar como mínimo el mismo monto que su equivalente a tiempo completo. Esto hace que el cálculo de tiempo completo a parcial no sea una mera división por la mitad o la proporción que corresponda.

5) Impuesto Ganancias

“Al acceder a cualquier portal que realice el cálculo del impuesto se podrá ver que ninguno coincide entre sí. Sin embargo, como mínimo podemos consultar a nuestro contacto en la empresa qué base imponible están tomando para saber si vamos a ser alcanzados. Aunque es altamente recomendable asesorarse con un profesional contable”, destacó el experto de Gi Group.  

“En definitiva, cuánto se va a cobrar es la brújula que guía muchos cambios. No existe una única respuesta sobre cuál debería ser esa cifra motivadora. Aunque allí donde impere a mano de hierro el factor monetario, la regla indica que debería haber entre un 20 y 30% de diferencia salarial para un mismo puesto y jerarquía”, concluyó Malaspina.

 

RM