Ganancias: cómo afecta al presupuesto familiar

Por Paula López* / La inequidad de este impuesto, que ni siquiera tienen bien en claro los tributaristas. Cuánto se paga y cuánto sería lo justo pagar. Qué se puede deducir de Ganancia.

Redacción Fortuna

Mediante las disposiciones de la Ley 27.346 y sus normas reglamentarias se estableció el nuevo tratamiento impositivo de los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia, que en parte redujeron el nivel de ruido que se había generado entre empresas, trabajadores y tributaristas. Claramente no está resuelto y a medida que avanza el año empiezan a cobrarse incrementos paritarios, aguinaldos, bonos, comisiones, etc., con el consiguiente aumento de las retenciones que se hacen mayores cada mes.

No obstante lo antes mencionado, el Impuesto a las Ganancias (IGA) modelo 2017 ha logrado tener un menor impacto en las retenciones de los mandos medios de las empresas y técnicos que alcanzan en la actualidad ingresos de alrededor de $ 40.000 brutos mensuales, que representan unos $ 34.000 netos mensuales luego de los descuentos con destino al sistema previsional y asistencial de Jubilación y Salud, 17%.

Desarrollamos el caso mencionado para saber en esa hipótesis cual sería el impacto con los criterios del impuesto 2016 y el de 2017.

Asumimos que este trabajador es casado, con 2 hijos a cargo, y adicionalmente abona un plus de obra social junto con las cuotas de un préstamo hipotecario. En ese sentido, la retención del IGA utilizando el modelo 2016 hubiera dado en el año $ 17.686 en tanto que con el modelo 2017 arroja un importe de retención de $ 11.839, es decir un 49% menos.

Si bien para la generalidad de los afectados es una buena noticia, la mecánica de cálculo sigue siendo complicada de explicar. Tal es así que empresas, consultores, sindicatos, hicieron y hacen numerosas dinámicas didácticas para que esto ocurra, con éxitos parciales, pero no suficientes.

Aún falta demasiado para volverlo a poner en orden ya que hay actualizaciones debidas en las deducciones que por no haberse hecho ha sido insuficiente lo que se debía actualizar; algo que también ocurre en la Tabla de Cálculo del Impuesto. Sumado a ello, los ingresos de los trabajadores han tenido actualizaciones permanentes en los últimos años lo cual genera ya en esta instancia una inequidad inaceptable con claro criterio recaudatorio.

Nunca antes un trabajador de los niveles medios de una empresa pagó tanto IGA como en los últimos años.

Desde su inicio este fue un Impuesto que afectaba únicamente a Gerentes de altos ingresos y directores. Las distintas intervenciones realizadas por el gobierno y los organismos fiscales en los últimos años, sin juicio profesional ni entendimiento de lo que hacían, distorsionó el sistema al nivel de tener que demolerlo y rediseñarlo en el curso de este año por el Congreso para tener en el 2018 uno más justo y claro.

ALGUNOS NÚMEROS QUE RESPALDAN LAS AFIRMACIONES

Las deducciones y mínimos no imponibles subieron solo un 23 % cuando hubiera correspondido al menos un 50%, considerando los años de atraso acumulados.

La tabla de cálculo si bien tuvo un incremento importante sobre los valores comprendidos en cada escalón cercano al 100%, resulta también insuficiente ya que no permite corregir las desactualizaciones en las deducciones que fueron mencionadas anteriormente.

GANANCIAS: EN EL “DEBE” DEL GOBIERNO

A ciencia cierta, en septiembre de 2015, el hoy Presidente de la Nación, Mauricio Macri, mencionó: “En mi gobierno los trabajadores no van a pagar Impuesto a las Ganancias”. Estamos cerca de la mitad de su ciclo gubernamental y este compromiso sigue pendiente.

El Impuesto a las Ganancias (IGA) debería ser, como lo fue originalmente, un impuesto que grave los ingresos anuales realmente altos, que disponga las deducciones de los conceptos actuales con valores realistas. Lo cierto es que hoy mantiene algunos absurdamente bajos (Intereses por Préstamos Hipotecarios $ 20.000 anuales, Seguro de Vida $ 996,23 anuales, Gastos por Sepelio Familiares $ 996,23 anuales) En otras deducciones, se requiere simplificar la metodología establecida para eximir del cálculo del Impuesto las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores en feriados, actualmente muy compleja.

Por otra parte, se deberían crear nuevos conceptos deducibles como los intereses por préstamos personales por cualquier destino que hubiera tenido este, gastos por capacitación ó formación, etc.

En síntesis, se deberían actualizar los montos de ingresos sobre los que aplica el impuesto a valores realmente altos, deducciones con valores realistas al concepto que invocan, más deducciones posibles por nuevos conceptos, valores actualizados de alquileres, mínimos no imponibles y deducciones especiales más altos. Se trata, en síntesis, del primer paso para poner a este polémico impuesto en situación de razonabilidad y equidad, hasta que los trabajadores no paguen nada como se prometió.

*Gerente de Nóminas de Cona RH