Enteráte si tenés que pagar Ganancias en 2019

Por Federico De Luca* / La cantidad de empleados en relación de dependencia que pagan este tributo será mayor el año que viene. Mirá si entrás dentro de los que deben pagar.

Redacción Fortuna

Es inminente la publicación del Ministerio de Producción y Trabajo sobre el valor del RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) de octubre, el cual nos dará un panorama más actualizado del próximo Mínimo No Imponible del Impuesto a las Ganancias.

Según los últimos datos publicados por el Ministerio, la variación del RIPTE entre Septiembre 2017 ($ 25.136,35) y Septiembre 2018 ($ 31.523,56) es del 25,41%, por lo que se espera que el coeficiente anual ronde los 28%-29%. Teniendo en cuenta una inflación anual que rondará los 45%, el MNI se actualizará 16% por debajo de la inflación real, esto se traduce en una menor deducción de la base imponible y por consiguiente un cargo mayor del impuesto a las ganancias que sufrirán los empleados en relación de dependencia a partir del próximo año.

Tomando de referencia este análisis, a partir del 2019 un trabajador soltero y sin hijos comenzará a tributar impuesto a las ganancias con sueldos en mano superiores a $ 38.200, actualmente este valor es de $ 30.000.

En el caso de una “familia tipo”, padre de familia, casado, con 2 hijos (siempre que la mujer no se deduzca a los hijos), actualmente comienza a tributar ganancias con un sueldo de $ 39.500, a partir del año próximo el sueldo mínimo para tributar pasaría a ser de $ 50.500.

Siguiendo con los ejemplos, en la actualidad se paga ganancias con sueldos superiores a $ 32.300 para solteros con 1 hijo, $ 34.650 para casados con un hijo; a partir del próximo año éstos pasarán a ser $ 41.300, y $ 44.350, respectivamente.

Los jubilados serán afectados de la misma forma por estos aumentos. El promedio de jubilación por la cual se comenzará a tributar ganancias será de $ 40.000, equivalente a 200.000 jubilados.

El Mínimo No Imponible, junto con el resto de las deducciones personales siempre fueron eco de cuestionamientos por su falta de actualización. Recordemos que durante la época del kirchnerismo, se mantuvieron congeladas por varios años, mientras que las veces que se actualizaron se hizo de manera inconstitucional a través de Decretos del Poder Ejecutivo, cuando esta era un derecho del Poder Legislativo.

En diciembre del año 2016, se comenzó a aplicar un mecanismo de actualización automático a través del RIPTE, que es un coeficiente calculado entre la cantidad total de remuneraciones del sector registrado de la economía y la cantidad de trabajadores. Si bien este mecanismo tendería a promediar y nivelar las deducciones de los empleados, produce una injusticia en aquellos que recibieron incrementos salarias por encima del coeficiente (28%), ya que a partir del año próximo pagarán un mayor impuesto a las ganancias, y tendrán un menor poder adquisitivo.

En definitiva, los únicos beneficiarios de este sistema son aquellos que recibieron incrementos salariales por debajo del coeficiente (aunque estos se ven perjudicados por el aumento creciente de la inflación), y el Estado que en todos los casos recaudará más impuestos y aumentarán sus arcas.

Esta actualización automática que venían exigiendo desde diversos sector políticos y sindicales, se llevó adelante pero de una forma no satisfactoria, dado que el objetivo era generarle un beneficio a los trabajadores para que el aumento de sus salarios se vea acompañado del aumento de las deducciones y no tengan que tributar un impuesto mayor. La realidad indica que ocurrió lo contrario y en 2019 los asalariados tendrán un mayor impacto del impuesto a las ganancias sobre sus sueldos, y un menor dinero disponible para sus gastos personales.

La aplicación del RIPTE incorporará, a partir del 2019, más empleados bajo relación de dependencia que tributarán impuesto a las ganancias, siguiendo los ocurrido en los últimos 3 años, cuyo aumento fue cercano al 60%, esto es actualmente un 20% del total de los asalariados del país.

*Socio De Luca & Asociados