El comercio electrónico estará obligado a usar factura electrónica

Redacción Fortuna

La medida incluye a proveedores del Estado. Además, los portales de ventas en línea deberán ser agentes de retención de IVA. El nuevo régimen empieza el 1 de junio.

A partir del 1 de junio todos los proveedores del Estado y empresas de comercio electrónico estarán obligadas a ingresar al régimen de Factura Electrónica de la AFIP. Además, los sitios de Internet pasarán a ser agentes de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Los proveedores estatales afectados serán aquellos que facturen más de $50.000 por mes y que necesitan del Certificado Fiscal -emitido por la AFIP- para ser contratados. En 2009 el organismo tributario otorgó estos certificados a 21.500 contribuyentes, que en conjunto facturaron más de $700 millones.

IVA EN PORTALES DE INTERNET

A partir del 1 de mayo los sitios web deberán emitir los comprobantes fiscales luego de concretarse las operaciones, las páginas actuarán como “intermediarios” entre la AFIP y los vendedores “blanqueando” todas las ventas realizadas.

“Es importante remarcar que esta modificación no afecta en nada a los consumidores de este servicio”, afirmó Ricardo Echegaray, director de la AFIP, y luego explicó que la medida permitirá a la AFIP cruzar los datos de las comisiones cobradas por los portales con las ganancias informadas por los vendedores de los productos.

FACTURA ELECTRÓNICA

A fines de 2008  la cantidad de comprobantes electrónicos procesados creció a un promedio mensual de 100.000 unidades. En 2009, la cifra trepó a un promedio superior a los 700.000 mensuales, con picos de de hasta dos millones y medio por mes. El total anual alcanzó a 15 millones de facturas electrónicas emitidas.

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Según Echegaray, existe una proyección cercana a los 1500 nuevos usuarios en promedio por mes de este servicio. Los sectores incluídos en esta modalidad de registración de ventas, que comenzó en abril de 2006, han sido: Medicina prepaga, televisión por cable, servicios de Internet, telefonía celular, servicios de limpieza, empresas de seguridad, transportadoras de caudales, servicios de telepeaje, de informática, publicidad, servicios profesionales superiores a los $600.000, beneficiarios de bonos antes la Secretaría de Industria, seguros de caución, hoteles y tiempos compartidos.

7/4/2010

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