¿Qué pasa si no pagaron el aguinaldo el 18 de diciembre?

La ley Nacional de Contrato de Trabajo determina la fecha límite en la cual se debe pagar el SAC. Sin embargo, la normativa posibilita una prórroga de cuatro días hábiles.

Redacción Fortuna

La Ley Nacional de Contrato de Trabajo, es decir, la Ley 27.073, determina que el Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo, debe pagarse antes del 18 de diciembre de cada año.

Sin embargo, se pueden dar ciertas situaciones en las cuales las empresas puedan retrasar ese pago. Si esto sucede, ¿significa que la compañía está en falta? No necesariamente. En ese sentido, la Ley 27.073 admite una prórroga de hasta cuatro días hábiles, por lo que el aguinaldo se puede depositar o pagar hasta el 22 de diciembre.

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¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Para saber cuánto va a corresponder del SAC, el empleado debe mirar su sueldo y realizar la siguiente fórmula: (el salario / 12) x los meses trabajados.

Con el objetivo de cubrir distintos casos, el ahora ex Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso de dos ejemplos:

Ejemplo 1: una persona empezó a trabajar en marzo. Su salario es de $2.500. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponde a (2.500/12) x 4. El valor del aguinaldo es $833.

Ejemplo 2: una persona empezó a trabajar hace seis meses. El mejor salario del primer semestre de ese año equivale a $7.000. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponde a (7.000/12) x 6. El valor del aguinaldo es $3.500.

RM