¿Cuándo comenzará a regir la nueva Ley de Alquileres?

El Gobierno Nacional promulgó la normativa a través del Decreto 533/2023. Punto por punto, todos los cambios que rigen desde esta semana.

Redacción Fortuna

Este martes 17, el Gobierno Nacional promulgó la nueva Ley de Alquileres aprobada en el Congreso la semana pasada. En ese sentido, a través del Decreto 533/2023 ya publicado en el Boletín Oficial se dictaminaron no solo los cambios de la normativa, sino también la fecha en al que comenzarán a regir. 

El Artículo 12 del Artículo IV. establece que "las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los ejercicios fiscales 2023 y siguientes". Por lo tanto, la nueva ley estará vigente a partir de este miércoles 18

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El decreto que establece las reformas al Código Civil y Comercial de la Nación fue firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi, y los ministros de Justicia, Martín Soria, y de Economía, Sergio Massa. Tras su promulgación se espera que la norma entre en vigor este mismo mes o a inicios de noviembre.

Cabe recordar que las reformas fueron aprobadas por la Cámara de Diputados en la madrugada del pasado miércoles con 128 votos a favor y 114 en contra. Antes de su revisión en la cámara baja, el oficialismo introdujo cambios al proyecto de ley discutido en el Senado. Los votos fueron aportados por el Kirchnerismo, dos diputados del Interbloque Federal, uno de Juntos por Rio Negro y cuatro de izquierda, mientras que rechazaron la iniciativa los libertarios, Juntos por el Cambio y algunos legisladores provinciales.

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Qué establece la nueva Ley de Alquileres

Se mantienen los tres años de duración de los contratos, pero se establece un intervalo mínimo de seis meses para actualizar los precios, a diferencia de la normativa anterior que permitía hasta una sola actualización por año del valor del alquiler.

Se modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció como índice para la actualización del precio el coeficiente de "Casa Propia" utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Por lo tanto, "los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA".

Quedó definido que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional, así como la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles no puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos. Asimismo, se elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

Además, se incorpora un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que "los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".

RM